B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241104-14)
Concurso de traslados – Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
196 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 73
Para ejercer este derecho, los solicitantes están obligados a consignar en el apartado
n.o 9 de la solicitud de participación, en la hoja que contiene el epígrafe “A cumplimentar
si ejerce derecho preferente a localidad o zona” el código de la localidad del último destino definitivo y el supuesto por el que se ejerce el derecho.
En el caso de funcionarios del Cuerpo de Maestros, si se pidiese otra u otras localidades de su ámbito territorial/zona, habrán de consignar el código de la zona (Dirección de
Área Territorial) en la que solicitan ejercer el derecho, así como el supuesto por el que lo
ejercen.
BOCM-20241104-14
cualquiera. A estos efectos, en la presente convocatoria, los centros de Madrid-Capital que
se relacionan en sus Anexos vienen clasificados por Distritos y estos funcionan como localidades a todos los efectos. Para el supuesto del derecho preferente a la localidad de MadridCapital, se tendrá en cuenta lo establecido en la letra c) del apartado 5.3.5.
Para el cuerpo de Maestros las zonas educativas de la Comunidad de Madrid se corresponden con las de competencia de sus Direcciones de Área Territoriales.
La forma de solicitar determinadas plazas se especifica en el punto 14 del Anexo 1 de
esta resolución. Las peticiones que no se ajusten a lo indicado en dicho anexo no serán tenidas en cuenta.
5.3.3. Mantenimiento de las peticiones.
Sin perjuicio de lo dispuesto en las Bases anteriores, aquellos funcionarios que participaron en alguno de los concursos de traslados para cuerpos docentes convocados por la Comunidad de Madrid en los años 2022 y 2023 (cursos académicos 2022/23 y 2023/24), podrán acogerse a la totalidad de las peticiones y especialidades de participación realizadas en
el último concurso en el que hayan participado, debiendo consignarlo en el apartado correspondiente del ejemplar de la solicitud “Orden de peticiones de centros” y firmar la primera
hoja de este ejemplar. Si desean incluir, suprimir o modificar el orden de las peticiones de
centros, localidades y/o especialidades solicitadas, no podrán acogerse a lo dispuesto en esta
Base, debiendo cumplimentar nueva solicitud consignando la totalidad de sus peticiones.
No podrán acogerse a las anteriores peticiones los funcionarios del Cuerpo de Maestros que realizaron peticiones a centros bilingües del Anexo 6 utilizando el código 099. Estos participantes, si desean consignar peticiones por la especialidad de Inglés en estos centros, deberán realizar una nueva “orden de petición de centros” en los términos indicados
en el apartado 16.4 de las instrucciones para cumplimentar la solicitud.
A los funcionarios docentes obligados a participar que no lo hagan, se les incorporarán, de oficio, las peticiones con las que participaron en el concurso de traslados 2023/24.
En el caso de solicitar plazas que requieran acreditación para impartir el currículo de Inglés avanzado en las secciones bilingües de los institutos bilingües de la Comunidad de
Madrid, los interesados deberán aportar la acreditación para impartir dicho currículo, obtenidas al amparo de lo dispuesto en las Ordenes 2852/2010, de 21 de mayo, y 1276/2014, de 11
de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula la prueba de
aptitud para impartir el currículo de Inglés Avanzado en las secciones bilingües de los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid y así como de la Orden 1317/2015, de 7 de mayo,
de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de
acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los
centros privados concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación
Secundaria de la Comunidad de Madrid.
5.3.4. Forma de solicitar derecho preferente a centro.
Los participantes que, en los supuestos establecidos, deseen ejercitar el derecho preferente a centro, deberán consignarlo en el apartado n.o 8 de la solicitud de participación denominado “A cumplimentar si ejerce derecho preferente a centro”, indicando el código del
centro del que dimana el derecho (último destino definitivo) y marcando el supuesto por el
que se ejerce. Además, deberán consignar por orden de preferencia el tipo de plaza (especialidad/puesto) por los que se desea ejercer este derecho y para las que el interesado esté
habilitado.
Asimismo, y si así lo desean, estos participantes podrán solicitar también plazas de las
convocadas no amparadas en un derecho preferente, haciéndolas constar en la hoja de la solicitud “Orden de petición de centros”.
5.3.5. Forma de solicitar derecho preferente a localidad.
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 73
Para ejercer este derecho, los solicitantes están obligados a consignar en el apartado
n.o 9 de la solicitud de participación, en la hoja que contiene el epígrafe “A cumplimentar
si ejerce derecho preferente a localidad o zona” el código de la localidad del último destino definitivo y el supuesto por el que se ejerce el derecho.
En el caso de funcionarios del Cuerpo de Maestros, si se pidiese otra u otras localidades de su ámbito territorial/zona, habrán de consignar el código de la zona (Dirección de
Área Territorial) en la que solicitan ejercer el derecho, así como el supuesto por el que lo
ejercen.
BOCM-20241104-14
cualquiera. A estos efectos, en la presente convocatoria, los centros de Madrid-Capital que
se relacionan en sus Anexos vienen clasificados por Distritos y estos funcionan como localidades a todos los efectos. Para el supuesto del derecho preferente a la localidad de MadridCapital, se tendrá en cuenta lo establecido en la letra c) del apartado 5.3.5.
Para el cuerpo de Maestros las zonas educativas de la Comunidad de Madrid se corresponden con las de competencia de sus Direcciones de Área Territoriales.
La forma de solicitar determinadas plazas se especifica en el punto 14 del Anexo 1 de
esta resolución. Las peticiones que no se ajusten a lo indicado en dicho anexo no serán tenidas en cuenta.
5.3.3. Mantenimiento de las peticiones.
Sin perjuicio de lo dispuesto en las Bases anteriores, aquellos funcionarios que participaron en alguno de los concursos de traslados para cuerpos docentes convocados por la Comunidad de Madrid en los años 2022 y 2023 (cursos académicos 2022/23 y 2023/24), podrán acogerse a la totalidad de las peticiones y especialidades de participación realizadas en
el último concurso en el que hayan participado, debiendo consignarlo en el apartado correspondiente del ejemplar de la solicitud “Orden de peticiones de centros” y firmar la primera
hoja de este ejemplar. Si desean incluir, suprimir o modificar el orden de las peticiones de
centros, localidades y/o especialidades solicitadas, no podrán acogerse a lo dispuesto en esta
Base, debiendo cumplimentar nueva solicitud consignando la totalidad de sus peticiones.
No podrán acogerse a las anteriores peticiones los funcionarios del Cuerpo de Maestros que realizaron peticiones a centros bilingües del Anexo 6 utilizando el código 099. Estos participantes, si desean consignar peticiones por la especialidad de Inglés en estos centros, deberán realizar una nueva “orden de petición de centros” en los términos indicados
en el apartado 16.4 de las instrucciones para cumplimentar la solicitud.
A los funcionarios docentes obligados a participar que no lo hagan, se les incorporarán, de oficio, las peticiones con las que participaron en el concurso de traslados 2023/24.
En el caso de solicitar plazas que requieran acreditación para impartir el currículo de Inglés avanzado en las secciones bilingües de los institutos bilingües de la Comunidad de
Madrid, los interesados deberán aportar la acreditación para impartir dicho currículo, obtenidas al amparo de lo dispuesto en las Ordenes 2852/2010, de 21 de mayo, y 1276/2014, de 11
de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula la prueba de
aptitud para impartir el currículo de Inglés Avanzado en las secciones bilingües de los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid y así como de la Orden 1317/2015, de 7 de mayo,
de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de
acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los
centros privados concertados autorizados para impartir el Programa Bilingüe en Educación
Secundaria de la Comunidad de Madrid.
5.3.4. Forma de solicitar derecho preferente a centro.
Los participantes que, en los supuestos establecidos, deseen ejercitar el derecho preferente a centro, deberán consignarlo en el apartado n.o 8 de la solicitud de participación denominado “A cumplimentar si ejerce derecho preferente a centro”, indicando el código del
centro del que dimana el derecho (último destino definitivo) y marcando el supuesto por el
que se ejerce. Además, deberán consignar por orden de preferencia el tipo de plaza (especialidad/puesto) por los que se desea ejercer este derecho y para las que el interesado esté
habilitado.
Asimismo, y si así lo desean, estos participantes podrán solicitar también plazas de las
convocadas no amparadas en un derecho preferente, haciéndolas constar en la hoja de la solicitud “Orden de petición de centros”.
5.3.5. Forma de solicitar derecho preferente a localidad.