A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241031-2)
Regulación piscinas y parques acuáticos –  Decreto 99/2024, de 30 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios técnicos e higiénico-sanitarios de las piscinas y parques acuáticos de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 24

JUEVES 31 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 260

ANEXO I
Parámetros indicadores de calidad del agua
PARÁMETRO

pH

Temperatura
Transparencia

VALOR PARAMÉTRICO

7,2 - 8,0

24 - 30°C
≤ 36°C en hidromasaje
Que se vea bien visible el
desagüe del fondo

Potencial
REDOX

Entre 250 y 900 mV

Tiempo de
recirculación

Tiempo (en horas) según
las especificaciones y
necesidades de la piscina
para cumplir con los
parámetros de calidad

Turbidez

≤ 5 UNF

NOTAS
Cuando los valores estén
fuera
del
rango
se
determinará el Índice de
Langelier que deberá estar
entre -0,5 y +0,5
Solo en el caso de vasos
climatizados

CONDICIONES PARA EL CIERRE DEL VASO
Cuando los valores estén por debajo de 6,0 o por
encima de 9,0 se cerrará el vaso hasta normalización
del valor
Cuando en vasos climatizados los valores superen
40°C se cerrará el vaso hasta normalización del valor.
Cuando no se pueda distinguir el desagüe del fondo o
el disco de Secchi

Se medirá cuando los
desinfectantes sean distintos
del cloro o del bromo y sus
derivados

Cuando los valores superen 20 UNF se cerrará el vaso
hasta normalización del valor

Desinfectante residual:
Cloro libre
residual

0,5 - 2,0 mg/L Cl2

Se controlará cuando se
utilice cloro o derivados del
cloro como desinfectante

Cloro
combinado
residual

< 0,6 mg/L Cl2

Se controlará cuando se
utilice cloro o derivados del
cloro como desinfectante

Bromo total

2 - 5 mg/L Br2

Se controlará cuando se
utilice
bromo
como
desinfectante

Ácido
Isocianúrico

≤ 75 mg/L

Otros
desinfectantes

Según lo dispuesto por la
autoridad competente

Escherichia
coli
Pseudomonas
aeruginosa

0 UFC o NMP
en 100 ml
0 UFC o NMP
en 100 ml
< 100 UFC/L

Se controlará cuando se
utilicen derivados del Ac.
Tricloroisocianúrico
Según lo dispuesto por la
autoridad competente

En caso de ausencia o superación de 5 mg/L se cerrará
el vaso hasta normalización del valor; en caso de
piscinas cubiertas además se intensificará la
renovación del aire
En caso de superación de 3 mg/L se cerrará el vaso
hasta normalización del valor; en caso de piscinas
cubiertas además se intensificará la renovación del
aire
En caso de ausencia o superación de 10 mg/L se
cerrará el vaso hasta normalización del valor; en caso
de piscinas cubiertas además se intensificará la
renovación del aire
En caso de superación de 150 mg/L se cerrará el vaso
hasta normalización del valor

Indicadores microbiológicos:

Solo en caso de vasos con
aerosolización y climatizados

BOCM-20241031-2

Legionella spp

En caso de sospecha o constatación de
incumplimiento del valor paramétrico, se cerrará el
vaso y se pondrán las medidas correctoras oportunas
para que no exista un riesgo para la salud de los
bañistas