Meco (BOCM-20241028-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 257
En este ejercicio se valorará los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la calidad
de expresión escrita, el rigor analítico y la sistemática, así como su forma de presentación
y exposición.
Se puntuará con un máximo de 10,00 puntos.
7.2. Segundo ejercicio:
Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos referente a las funciones de TMAG que el Tribunal determine, pudiéndose consultar en soporte papel textos legales no comentados.
El tiempo para la realización del mismo será de dos horas y media como máximo.
Este ejercicio será leído obligatoriamente con posterioridad en sesión pública ante el
Tribunal, debiendo el/la aspirante contestar oralmente a las aclaraciones que soliciten u observaciones que formulen el personal miembro del Tribunal.
En este ejercicio se apreciará, fundamentalmente, la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos
planteados, así como la calidad de expresión escrita, el rigor analítico y la forma de presentación y exposición.
Se puntuará con un máximo de 10,00 puntos.
Octava. Calificación de los ejercicios, relación de personas aprobadas.—La calificación vendrá determinada por la suma de las calificaciones parciales obtenidas en el primer y
segundo examen teniendo en cuenta que en los dos ejercicios deberán haber obtenido una calificación mínima de 5,00 puntos para considerarse superados y, consecuentemente, formar
parte de la calificación. Todas las calificaciones de los ejercicios deberán ser redondeadas al
valor del segundo decimal.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas.
En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida por los/las aspirantes en la oposición, se seguirán los siguientes criterios para resolverlos por orden de
preferencia:
a) Mayor puntuación obtenida en el segundo examen (Ejercicio práctico).
b) Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
c) Sorteo público.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Órgano de selección publicará la relación
de aprobados por orden de puntuación y elevará la citada relación a la Excma. Alcalde.
Novena. Presentación de documentación.—En el plazo máximo de veinte (20) días naturales, a contar desde el día siguiente a que se haga pública la lista definitiva de aprobados/as
en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Meco, los/las aspirantes propuestos/as
aportarán, en su caso, los documentos que acrediten los requisitos de participación.
Décima. Nombramiento como funcionario/a de carrera y toma de posesión.—Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados/as
funcionarios/as de carrera.
La toma de posesión de se deberá efectuar dentro del plazo de quince días (15) naturales a partir de la publicación del nombramiento, y máximo de un (1) mes cuando suponga cambio de localidad de residencia.
Transcurrido el plazo de un (1) mes, los aspirantes que no hayan tomado posesión perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas
sus actuaciones.
Undécima. Lista de espera.—11.1. Una vez finalizadas las pruebas selectivas se
podrá proceder a formar una Lista de espera con los candidatos que no hayan sido nombrados como funcionarios de carrera para futuros nombramientos interinos como TMAG.
11.2. En el caso de constituirse, dicha Lista de espera sustituirá y dejará sin efecto a cuantas listas de espera pudieran existir con anterioridad fruto de procesos selectivos para acceso a
la función pública de TMAG como funcionarios de carrera, permaneciendo vigente hasta la formación de una nueva lista de espera que venga a sustituirla surgida a partir de un nuevo proceso selectivo de acceso a la función pública de TMAG como funcionarios de carrera.
En ningún caso la referida Lista de espera, en el caso de constituirse, afectará a los actuales nombramientos como TMAG funcionarios interinos ni supondrá la revocación de las
actuales encomiendas internas de funciones ya efectuadas por la realización de trabajos de
superior categoría como TMAG.
BOCM-20241028-58
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 257
En este ejercicio se valorará los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la calidad
de expresión escrita, el rigor analítico y la sistemática, así como su forma de presentación
y exposición.
Se puntuará con un máximo de 10,00 puntos.
7.2. Segundo ejercicio:
Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos referente a las funciones de TMAG que el Tribunal determine, pudiéndose consultar en soporte papel textos legales no comentados.
El tiempo para la realización del mismo será de dos horas y media como máximo.
Este ejercicio será leído obligatoriamente con posterioridad en sesión pública ante el
Tribunal, debiendo el/la aspirante contestar oralmente a las aclaraciones que soliciten u observaciones que formulen el personal miembro del Tribunal.
En este ejercicio se apreciará, fundamentalmente, la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos
planteados, así como la calidad de expresión escrita, el rigor analítico y la forma de presentación y exposición.
Se puntuará con un máximo de 10,00 puntos.
Octava. Calificación de los ejercicios, relación de personas aprobadas.—La calificación vendrá determinada por la suma de las calificaciones parciales obtenidas en el primer y
segundo examen teniendo en cuenta que en los dos ejercicios deberán haber obtenido una calificación mínima de 5,00 puntos para considerarse superados y, consecuentemente, formar
parte de la calificación. Todas las calificaciones de los ejercicios deberán ser redondeadas al
valor del segundo decimal.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas.
En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida por los/las aspirantes en la oposición, se seguirán los siguientes criterios para resolverlos por orden de
preferencia:
a) Mayor puntuación obtenida en el segundo examen (Ejercicio práctico).
b) Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
c) Sorteo público.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Órgano de selección publicará la relación
de aprobados por orden de puntuación y elevará la citada relación a la Excma. Alcalde.
Novena. Presentación de documentación.—En el plazo máximo de veinte (20) días naturales, a contar desde el día siguiente a que se haga pública la lista definitiva de aprobados/as
en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Meco, los/las aspirantes propuestos/as
aportarán, en su caso, los documentos que acrediten los requisitos de participación.
Décima. Nombramiento como funcionario/a de carrera y toma de posesión.—Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados/as
funcionarios/as de carrera.
La toma de posesión de se deberá efectuar dentro del plazo de quince días (15) naturales a partir de la publicación del nombramiento, y máximo de un (1) mes cuando suponga cambio de localidad de residencia.
Transcurrido el plazo de un (1) mes, los aspirantes que no hayan tomado posesión perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas
sus actuaciones.
Undécima. Lista de espera.—11.1. Una vez finalizadas las pruebas selectivas se
podrá proceder a formar una Lista de espera con los candidatos que no hayan sido nombrados como funcionarios de carrera para futuros nombramientos interinos como TMAG.
11.2. En el caso de constituirse, dicha Lista de espera sustituirá y dejará sin efecto a cuantas listas de espera pudieran existir con anterioridad fruto de procesos selectivos para acceso a
la función pública de TMAG como funcionarios de carrera, permaneciendo vigente hasta la formación de una nueva lista de espera que venga a sustituirla surgida a partir de un nuevo proceso selectivo de acceso a la función pública de TMAG como funcionarios de carrera.
En ningún caso la referida Lista de espera, en el caso de constituirse, afectará a los actuales nombramientos como TMAG funcionarios interinos ni supondrá la revocación de las
actuales encomiendas internas de funciones ya efectuadas por la realización de trabajos de
superior categoría como TMAG.
BOCM-20241028-58
BOCM