Meco (BOCM-20241028-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá ninguna documentación adicional, procediéndose a valorar por el Órgano de selección únicamente los méritos
que hayan sido documentados y presentados en dicho plazo.
4.5. Información sobre protección de datos:
A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y demás normativa de aplicación a la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Meco para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas.
Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la presentación de su solicitud
de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier
otro declarado por el aspirante en su solicitud de participación en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que hubieran de
practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.
Quinta. Listas de admitidos.
5.1. Listado provisional:
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación provisional de la relación de admitidos/as y excluidos/as de forma provisional, publicándose en
el tablón de anuncios y/o en la sede electrónica del Ayuntamiento de Meco.
En la relación de candidatos/as excluidos/as, se indicarán las causas de exclusión.
Los/as aspirantes excluidos, así como los candidatos/as que no figuran en la relación
de admitidos/as ni en la de excluidos/as, y los admitidos/as que observen un error en sus datos personales, dispondrán de un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir
del siguiente a la publicación, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión,
no inclusión expresa o error en datos personales.
5.2. Listado definitivo:
Una vez transcurrido el plazo de alegaciones a las listas provisionales, se considerarán
automáticamente elevadas a definitivas si no se presentaran alegaciones. Si las hubiera, serán
estimadas o desestimadas si procede por el Órgano de selección, elevando el resultado al mismo Órgano por el que se aprobarán las listas definitivas, y resolviendo así las mismas.
La resolución que integrará la lista definitiva de los candidatos/as, se publicará en el
tablón de anuncios y/o en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Meco, incluyendo la
composición del Órgano de selección.
Las listas permanecerán publicadas en la sede y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Meco, durante al menos un plazo de un (1) mes desde la resolución definitiva.
Sexta. Composición del órgano técnico de selección. Tribunal Calificador.—El Tribunal que les corresponderá el desarrollo y la calificación de las pruebas selectivas será designado por el Excmo. Alcalde de Meco debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y 115 del Real
Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre.
Séptima. Sistema selectivo.—El sistema de selección será el de oposición que consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios, en la forma en que se indica a continuación y que serán eliminatorios.
7.1. Primer ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito diez (10) preguntas que versarán sobre la totalidad del contenido del programa que figura en el Anexo I.
El tiempo para la realización del mismo será de dos horas como máximo.
Este ejercicio será leído obligatoriamente con posterioridad en sesión pública ante el
Tribunal, debiendo el/la aspirante contestar oralmente a las aclaraciones que soliciten u observaciones que formulen el personal miembro del Tribunal.
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BOCM-20241028-58
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá ninguna documentación adicional, procediéndose a valorar por el Órgano de selección únicamente los méritos
que hayan sido documentados y presentados en dicho plazo.
4.5. Información sobre protección de datos:
A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y demás normativa de aplicación a la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Meco para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas.
Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la presentación de su solicitud
de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier
otro declarado por el aspirante en su solicitud de participación en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que hubieran de
practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los datos inicialmente consignados.
Quinta. Listas de admitidos.
5.1. Listado provisional:
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación provisional de la relación de admitidos/as y excluidos/as de forma provisional, publicándose en
el tablón de anuncios y/o en la sede electrónica del Ayuntamiento de Meco.
En la relación de candidatos/as excluidos/as, se indicarán las causas de exclusión.
Los/as aspirantes excluidos, así como los candidatos/as que no figuran en la relación
de admitidos/as ni en la de excluidos/as, y los admitidos/as que observen un error en sus datos personales, dispondrán de un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir
del siguiente a la publicación, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión,
no inclusión expresa o error en datos personales.
5.2. Listado definitivo:
Una vez transcurrido el plazo de alegaciones a las listas provisionales, se considerarán
automáticamente elevadas a definitivas si no se presentaran alegaciones. Si las hubiera, serán
estimadas o desestimadas si procede por el Órgano de selección, elevando el resultado al mismo Órgano por el que se aprobarán las listas definitivas, y resolviendo así las mismas.
La resolución que integrará la lista definitiva de los candidatos/as, se publicará en el
tablón de anuncios y/o en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Meco, incluyendo la
composición del Órgano de selección.
Las listas permanecerán publicadas en la sede y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Meco, durante al menos un plazo de un (1) mes desde la resolución definitiva.
Sexta. Composición del órgano técnico de selección. Tribunal Calificador.—El Tribunal que les corresponderá el desarrollo y la calificación de las pruebas selectivas será designado por el Excmo. Alcalde de Meco debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y 115 del Real
Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre.
Séptima. Sistema selectivo.—El sistema de selección será el de oposición que consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios, en la forma en que se indica a continuación y que serán eliminatorios.
7.1. Primer ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito diez (10) preguntas que versarán sobre la totalidad del contenido del programa que figura en el Anexo I.
El tiempo para la realización del mismo será de dos horas como máximo.
Este ejercicio será leído obligatoriamente con posterioridad en sesión pública ante el
Tribunal, debiendo el/la aspirante contestar oralmente a las aclaraciones que soliciten u observaciones que formulen el personal miembro del Tribunal.
Pág. 199
BOCM-20241028-58
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