C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241028-14)
Convenio colectivo –  Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa ZF CV Distribution Spain, S. L. (código número 28008582011994)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 257

24. Pago de kilómetros
Quien por necesidad de trabajo utilice su vehículo al servicio de la empresa, percibirá una
compensación por kilómetro recorrido, cuya cuantía es de 0,38 € / Km.
Los kilómetros se computarán siempre desde ZF CV al punto de destino y viceversa. Cualquier
recorrido distinto de lo anterior deberá ser autorizado por el Responsable del Proceso al que
pertenece el empleado afectado.
El pago de kilómetros se efectuará, mensualmente, en el proceso de nómina y estará sujeto a
retención de IRPF el exceso entre los 0,38 € pagados y el importe fiscalmente fijado por este
concepto por el Ministerio de Economía y Hacienda.
CAPÍTULO III
CUESTIONES SOCIALES
25. Jornada y horario
La jornada anual de trabajo durante la vigencia del presente Convenio será de 1.740 h. al año, que
se distribuirán de la siguiente forma:
Primer Turno:
1.740 horas
Segundo Turno: 1.690 horas 18 minutos
Tercer Turno:
1.475 horas 42 minutos
Horario Diario
Primer Turno:
De lunes a jueves de siete horas treinta minutos a dieciséis horas treinta minutos, con treinta y
cinco minutos para la comida.
Viernes, de siete horas treinta minutos a catorce horas treinta minutos.
Segundo turno:
De lunes a jueves de dieciséis horas treinta minutos a una hora siete minutos, con treinta minutos
para la cena.
Viernes, de catorce horas treinta minutos a veintiuna horas treinta minutos.
Tercer turno:
De lunes a jueves de cero treinta y siete minutos a ocho horas, con treinta minutos para la cena.
Viernes, de veintiuna horas treinta minutos a cuatro horas treinta minutos.
En todo momento deberán ser correctos los relevos de los turnos para asegurar el buen
funcionamiento del proceso productivo.
Los turnos 2º y 3º tendrán un tiempo de cena de treinta minutos, siendo éstos los treinta últimos
minutos de la jornada, pudiendo, si así lo desean los trabajadores realizar dicha comida fuera del
centro de trabajo, fichando, por consiguiente, con treinta minutos de antelación a la terminación del
mismo.
Con objeto de que el personal de taller pueda cambiarse y/o lavarse, se concede un margen de
cinco minutos para la ida a comer y salida del trabajo.
Existe un margen de cortesía de 5 minutos a la entrada para todo el personal.

El control de presencia se efectuará mediante fichaje en los relojes de control del centro de trabajo
o cualquier otro medio que en su momento pudiese determinar la Dirección, conjuntamente con la
Representación legal de los trabajadores.
Excepciones a la jornada: Las posibles variaciones o excepciones a la jornada se tratarán y
determinarán en negociación con la Representación Legal de los Trabajadores.
26. Vacaciones
Serán de treinta y un días naturales, preferentemente en agosto.

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Existe, asimismo, un horario flexible de asignación voluntaria por parte de la Dirección de la
Empresa y de libre aceptación por el empleado, con un margen a la hora de la entrada, de hora y
media y un margen de salida de dos horas, siendo por consiguiente, el tiempo de presencia
obligatoria desde las nueve horas hasta las dieciséis horas y treinta minutos. Mensualmente se
hará el cómputo de jornada, admitiéndose sobre la jornada normal una diferencia de diez horas en
menos o más, que deberán quedar compensadas en el mes siguiente.