C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241026-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Gamesa Electric, S. A. U. (código número 28101921012017)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 12

SÁBADO 26 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 256

CAPÍTULO IV
DESPLAZAMIENTOS Y VIAJES
Artículo 14º Tiempo de viaje
14.1. Viajes Nacionales
Todo el personal afectado por el presente convenio, tendrá derecho a:
x 1 día de descanso si se viaja en fin de semana o día festivo
x 1 día de descanso por cada fin de semana completo obligado fuera del domicilio.
En caso de no poder disfrutar el descanso en el año natural se podrá solicitar disfrutarlas en el primer
trimestre del año siguiente. Si no se pudieran disfrutar el complemento de descanso en el periodo
anual correspondiente o en el primer trimestre siguiente, se podrá acordar su pago
Para el personal de ingeniería, que durante un trimestre deba de estar 4 semanas completas pero
no necesariamente consecutivas desplazado se le compensará con un día y medio de descanso.
14.2. Viajes Internacionales de más de 15 días
Todo el personal afectado por el presente Convenio y durante toda la vigencia del mismo, será de
aplicación la Política de Viajes Internacionales que actualmente se estuviera aplicando en Gamesa
Electric San Fernando y en los mismos términos y condiciones que estén vigentes a la firma de III
Convenio Colectivo de Gamesa Electric San Fernando de Henares.
14.3. Viajes Internacionales inferiores a 15 días
Se establece el siguiente complemento internacional para viajes de menos de 15 días, no
consolidable y para todo el personal del centro de trabajo que realice viajes internacionales de menos
de 15 días a catalogados como Países Riesgo Alto (rojo):
A) complemento de un 10% para el personal que ocupe el puesto de Comerciales, jefes de
proyecto, SAT mod, compras e ingeniería de validación.
B) Complemento del 20% para el resto de personal
El personal tendrá derecho a 1 día de descanso por cada fin de semana obligado fuera del domicilio,
para viajes internacionales inferiores a 15 días.
Se mantendrá la aplicación de la política del artículo “7p” en consonancia con lo que establezca la
legislación tributaria al respecto.
CAPÍTULO V
IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
El IIl Plan de Igualdad de Siemens Gamesa y el Plan de Violencia de Género de Siemens Gamesa,
es de aplicación al centro de trabajo de Gamesa Electric San Fernando de Henares.
Las partes firmantes del Convenio se comprometen a la aplicación del III plan de igualdad en todo
su contenido, con la finalidad de contribuir al pleno desarrollo de los derechos y capacidades de las
personas y a la igualdad de trato y oportunidades para mujeres y hombres.
Se adjunta como Anexo I el III Plan de Igualdad de Siemens Gamesa.
Artículo 15º

Permisos Retribuidos

1.- Por matrimonio del trabajador, 18 días naturales.
2.- Por matrimonio de hermanos, hijos, padres, tíos carnales, primos carnales y sobrinos
carnales, 1 día natural.
3.- Por nacimiento de hijo prematuro, y que este quede hospitalizado después del parto, se
tendrá derecho a 2 horas/día ausencia del trabajo mientras dure el ingreso.
4.- Por defunción del cónyuge, 7 días naturales. En el caso que dentro de los 7 días naturales,
4 o más sean no laborables se añadirán 2 laborables.
5.- Por defunción del hijo, 7 días naturales. En el caso que dentro de los 7 días naturales, 4
o más sean no laborables se añadirán 2 laborables.
6.- Por defunción del hijo político, 3 días naturales.
7.- Por defunción de padres o padres políticos, 3 días naturales.
8.- Por defunción de nieto, 3 días naturales.

BOCM-20241026-1

Los trabajadores/as, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a
remuneración, por alguno de los motivos y el tiempo siguientes: