C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241026-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Gamesa Electric, S. A. U. (código número 28101921012017)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 8

SÁBADO 26 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 256

TECNICOS
GRUPO 3.A

Pertenecerán a este Grupo 3.A las personas que ejecutan tareas técnicas que se realizan bajo dependencia de mandos o
profesionales de alta cualificación dentro del Centro de Trabajo, normalmente con supervisión, pero con ciertos
conocimientos profesionales.
A modo orientativo dentro de estos puestos estarán, inspectores de calidad, especialistas de logística, técnicos de
mantenimiento de Planta, técnicos de control de gestión y otros puestos equivalentes.

GRUPO 3.B

Pertenecerán a este Grupo 3.B las personas que ejecutan tareas administrativas, telefonistas, etc., formación básica, con
conocimientos elementales y que necesitan de un periodo corto de formación.
A modo orientativo dentro de estos puestos estarán los administrativos del grupo 6 del Convenio del Metal de la Comunidad
de Madrid.

GRUPO 4.A

Pertenecen al Grupo 4.A. los empleados que ocupen puestos directamente ligados y relacionados con la producción directa
y/o almacén y ejecuten funciones de encargados de producción, jefes de equipo, supervisores, etc.

OPERATIVOS

Ejecutan sus funciones con autonomía, gestionando, supervisando y coordinando pequeños grupos de empleados del Grupo
4.A.A - 4.A.B.
GRUPO 4.A.A

Pertenecen al Grupo 4.A.A, los empleados que ocupen puestos directamente ligados y relacionados con la producción
directa y/o almacén. Ejecutan sus funciones con autonomía, con supervisión de mandos directos y según instrucciones
concretas y claramente establecidas.
Realizan tareas consistentes en la ejecución de trabajo que aunque se realizan bajo instrucciones precisas, requieren
adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas.
Estos puestos pueden requerir esfuerzo físico.
A modo orientativo, estarán encuadrados en este grupo, los operarios de producción y de almacén pertenecientes a la
categoría 5 según el Convenio del Metal de la Comunidad de Madrid.

GRUPO 4.A.B

Pertenecen al Grupo 4.A.B, los empleados que ocupen puestos directamente ligados y relacionados con la producción
directa y/o almacén, ejecutan sus funciones bajo la dependencia y supervisión de mandos directos y según instrucciones
concretas y claramente establecidas, con un alto grado de dependencia.
Estos puestos pueden requerir esfuerzo físico y que ocasionalmente pueden necesitar de un pequeño periodo de adaptación
A modo orientativo dentro de estos puestos estarán los operarios de producción, almaceneros, etc.
A modo orientativo, estarán encuadrados en este grupo, los operarios de producción y de almacén pertenecientes a la
categoría 7 según el Convenio del Metal de la Comunidad de Madrid.

Se establecen los siguientes TABLAS SALARIALES para los años 2023, 2024 y 2025:
TABLAS AÑO 2023
1 AÑO

2 AÑO

3 AÑO

GRUPO 1A

N/A

N/A

N/A

GRUPO 1B

N/A

N/A

GRUPO 2A

34.489,40 €

GRUPO 1B
GRUPO 3A

TABLAS AÑO 2024

GRUPO

1 AÑO

2 AÑO

3 AÑO

GRUPO 1A

N/A

N/A

N/A

N/A

GRUPO 1B

N/A

N/A

N/A

36.562,80 €

37.915,66 €

GRUPO 2A

35.351,64 €

37.476,87 €

38.863,55 €

29.625,04 €

31.070,74 €

31.995,04 €

GRUPO 1B

30.365,67 €

31.847,51 €

32.794,92 €

25.445,06 €

26.704,72 €

27.964,38 €

GRUPO 3A

26.081,19 €

27.372,34 €

28.663,49 €

GRUPO 3B

22.420,23 €

23.202,33 €

23.723,73 €

GRUPO 3B

22.980,74 €

23.782,39 €

24.316,82 €

GRUPO 4A

26.330,73 €

27.634,24 €

28.937,74 €

GRUPO 4A

26.989,00 €

28.325,09 €

29.661,18 €

GRUPO 4AA

23.463,03 €

24.636,18 €

25.809,33 €

GRUPO 4AA

24.049,61 €

25.252,09 €

26.454,56 €

GRUPO 4AB

20.856,03 €

21.330,03 €

21.804,03 €

GRUPO 4AB

21.377,43 €

21.863,28 €

22.349,13 €

GRUPO

TABLAS AÑO 2025
1 AÑO

2 AÑO

3 AÑO

GRUPO 1A

N/A

N/A

N/A

GRUPO 1B

N/A

N/A

N/A

GRUPO 2A

36.058,67 €

38.226,41 €

39.640,82 €

GRUPO 1B

30.972,98 €

32.484,46 €

33.450,82 €

GRUPO 3A

26.602,81 €

27.919,78 €

29.236,76 €

GRUPO 3B

23.440,35 €

24.258,04 €

24.803,16 €

GRUPO 4A

27.528,78 €

28.891,59 €

30.254,41 €

GRUPO 4AA

24.530,60 €

25.757,13 €

26.983,65 €

GRUPO 4AB

21.804,98 €

22.300,55 €

22.796,11 €

Los importes recogidos en las tablas anteriores, ya incluyen los incrementos recogidos en el
convenio y por tanto, no sufrirán alteración durante los tres años 2023, 2024 y 2025.
Ningún empleado, tras incrementarle su salario en base al porcentaje establecido para cada año
según en el artículo de incrementos salariales, podrá estar por debajo de lo marcado en la tabla para
cada año correspondiente según su grupo y su antigüedad en el puesto.
A efectos de antigüedad en el puesto, se empieza a contar desde el año de inicio en ese puesto o
función.
El personal que se incorpore durante los años de vigencia del presente convenio no tendrá revisión
salarial alguna para el año de su incorporación.

BOCM-20241026-1

GRUPO