Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241024-49)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 254

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024

(ii) En cuanto a la evacuación, se producen modificaciones tanto en la subestación
transformadora-colectora como en la línea aero-subterránea de alta tensión:
— Subestación “Tagus” 33/220 kV:
d Aplicación de medidas correctoras como añadir una pantalla vegetal de 5
metros de ancho en todo el perímetro de la subestación, lo que implica:
– Actualización de las áreas ocupadas en las parcelas
– Una nueva parcela afectadas por ocupaciones permanentes
— Línea aero-subterránea 220 kV “Tagus-Arganda (REE)”:
d Modificación de la salida de la línea de evacuación aérea del tramo aéreo Pórtico-AP.16PAS para limitar la afección a las plantas “Tagus” tras la disminución
de superficie prevista en la DIA.
d Desplazamiento mínimo de los apoyos del tramo aéreo AP.19PAS-44PAS
comprendidos entre el AP.19 y AP.25 para aumentar la distancia a dominio público hidráulico.
d Movimiento del apoyo 85’ situado en el tramo aéreo AP.83PAS-100’PAS, debido a interferencias con una futura parcela para una E.D.A.R.
d Ajuste de la traza del tramo soterrado entre AP.100’PAS-123PAS entre las cámaras de empalme CE014-CE016’ para evitar afecciones con estructuras de la
Guerra Civil situadas en el talud del Camino de Valdecorzas en el T.M. de Arganda del Rey.
d Ajuste de la traza del tramo soterrado entre AP.123PAS-SET “Arganda” para
conectarse a la posición GIS asignada por REE.
En consecuencia, en la resolución de autorización administrativa previa del proyecto
se recogía expresamente la necesidad de obtención de autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Khons Sun Power, S.L. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 25 de mayo de 2023,
autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, así como declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación fotovoltaica “Tagus 2”, de 224,4 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en
los términos municipales de Ocaña y Ontígola en la provincia de Toledo; y Arganda del Rey,
Morata de Tajuña, Chinchón, Villaconejos y Colmenar de Oreja en la Comunidad de
Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127, 131
y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de Madrileña Red de
Gas y de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido respuestas de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA); del Canal de Isabel II; y del Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en las que
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante
dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en las que solicita información gráfica con mayor detalle sobre los terrenos donde se llevarán a cabo las actuaciones y recuerda las autorizaciones sectoriales que deberán de solicitarse, en su caso, para

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