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Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste de la Comunidad Autónoma de Madrid (MISECAM), para la concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una subvención destinada a la consolidación y mantenimiento de una red de cuidados de personas mayores no dependientes residentes en los municipios pertenecientes a la mancomunidad por un importe total de 422.379,60 euros
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 251

LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 93

XIV. Que la celebración de este convenio ha sido autorizada por el Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de agosto de 2024.
XV. Que en base a lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de colaboración que resulta de aplicación del artículo 4.5.c).3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad de Madrid así como, del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que permite la concesión directa de subvenciones cuando se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública mediante convenios de colaboración y con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del convenio es establecer las bases reguladoras y conceder una subvención
directa a favor de la Mancomunidad intermunicipal del sudeste de la Comunidad Autónoma de Madrid (MISECAM) destinada a la consolidación y mantenimiento de una red de
cuidados en su municipio de personas mayores no dependientes residentes en los municipios pertenecientes a la mancomunidad (Proyecto Cuídame).
Estas ayudas se conceden por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 4.5.c)3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid dadas las razones de interés público y social como son la lucha contra el desequilibrio social y
territorial, especialmente la brecha urbana/rural, y la singularidad de MISECAM como entidad local de carácter supramunicipal que asume en la zona la prestación de estos servicios y
que impiden su convocatoria pública.
Segunda
Importe de la subvención
La Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) aportará a la Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste de la Comunidad Autónoma
de Madrid (MISECAM) un importe de 422.379,60 euros con cargo a la posición presupuestaria 46309 “Corporaciones Locales” correspondientes al Programa presupuestario 942O
de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 desglosados
de la siguiente manera:
TIPO DE GASTO
Gastos corrientes

SUBCONCEPTO

2024

46309

422.379,60 €

TOTAL

422.379,60 €

Tercera
El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con las subvenciones de otras entidades públicas o privadas,
nacionales o internaciones supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Asimismo, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y en
todo caso la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención
otorgada.
La mancomunidad deberá presentar una declaración responsable en relación con otras
subvenciones que pudieran concurrir o con la aplicación de otros fondos para el mismo objetivo y finalidad, con indicación del importe, procedencia y aplicación de tales fondos.
Cuarta
Actuaciones a desarrollar
1. Serán subvencionables los costes en los que incurra la mancomunidad destinados
a la consolidación y mantenimiento de la red de cuidados de personas mayores no depen-

BOCM-20241021-20

Concurrencia de subvenciones