C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241018-17)
Bases ayudas –  Orden 4635/2024, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 249

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE OCTUBRE DE 2024

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sición de equipamiento, el control de calidad de los servicios prestados y la actualización de la cartera de servicios.
Artículo 3
Objetivos y finalidad de las ayudas
La finalidad fundamental de las ayudas es la financiación total o parcial de la compra
de equipamiento científico-técnico nuevo, de acuerdo al perfil científico-técnico asignado
al laboratorio REDLAB, para alcanzar los siguientes objetivos:
a) Promover la prestación de servicios de vanguardia a entidades que lo requieran
para ayudar al impulso de la innovación en la industria y las empresas.
b) Incrementar la capacidad técnica de los laboratorios REDLAB y ampliar la oferta de
sus servicios científico-técnicos especializados mediante la compra de equipamiento.
c) Impulsar la transferencia del conocimiento generado en el sistema madrileño de
investigación al resto del tejido productivo de la región.
Artículo 4
1. Las ayudas reguladas en esta Orden revestirán la forma de subvención.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación
(2022/C 414/01), no se aplicará el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas previstas en esta Orden, puesto que se conceden a organismos
de investigación y difusión de conocimientos para actividades no económicas. En aplicación de lo dispuesto anteriormente, las ayudas concedidas al amparo de esta Orden no tendrán la consideración de ayudas de Estado.
3. El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva y se desarrollará conforme a los principios señalados en el artículo 8.3
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativos a la publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los
objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.
4. La normativa aplicable a las ayudas reguladas en estas bases reguladoras será la
siguiente:
a) Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2016/C 202/02) y el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión y el Decreto 9/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno.
b) Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.
c) Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad
de Madrid.
d) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
f) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
g) Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
h) Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica
i) Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
j) Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
k) Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
l) Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se establece el régimen de control interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
5. En el caso de convocatorias cofinanciadas con fondos FEDER, se aplicará lo dispuesto en:
a) Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo

BOCM-20241018-17

Régimen de concesión y normativa aplicable