C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241018-17)
Bases ayudas –  Orden 4635/2024, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 249

Transparencia y Atención al Ciudadano de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local; la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local; y la Dirección General de
Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Así mismo se han recabado los informes pertinentes de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades y la Abogacía General.
De acuerdo con el artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, las bases reguladoras se aprobarán por orden del Consejero correspondiente.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la normativa aludida y por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 248/2023,
de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONE
Capítulo I
Objeto
Artículo 1
Objeto
El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios inscritos en el Registro de la Red de Laboratorios e Infraestructuras Científico-Técnicas de la
Comunidad de Madrid (en adelante Registro REDLAB), y aprobar la convocatoria de las
mismas correspondiente al año 2024.
Capítulo II
Bases Reguladoras
Artículo 2
A los efectos de esta Orden, se establecen las siguientes definiciones:
a) Laboratorio REDLAB: laboratorios e infraestructuras que prestan servicios científico-técnicos dentro de su campo de especialización a usuarios externos y que se
encuentran válidamente registrados en el Registro REDLAB conforme a lo establecido en el Decreto 9/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que
se crea y regula el funcionamiento del Registro REDLAB.
b) Perfil científico-técnico: es el conjunto de técnicas y ensayos que constituyen el
núcleo principal de la cartera de servicios del laboratorio REDLAB, que comporta la utilización de determinado equipamiento especializado para el procesado y
análisis de las muestras.
c) Equipamiento científico-técnico nuevo: se entiende por equipamiento científicotécnico nuevo al conjunto de medios físicos (equipos o instrumentos), con autonomía para su funcionamiento, necesarios para la realización de las actividades
científico-técnicas del laboratorio REDLAB, que incluya los accesorios o aparatos auxiliares que se requieran para que sea plenamente funcional y que se compra en el período de ejecución de la ayuda.
d) Usuarios externos: organismos, empresas, industrias y cualquier persona física o
jurídica que, sin tener ninguna vinculación con el organismo de investigación donde se ubica el laboratorio REDLAB y sin opción de recibir un servicio interno, solicita los servicios prestados por el laboratorio abonando el coste según las tarifas
correspondientes.
e) Responsable científico del laboratorio REDLAB: es el investigador con demostrada trayectoria científica en el ámbito de especialización del laboratorio REDLAB
que coordina y asesora el desarrollo técnico y científico del servicio en la adqui-

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Definiciones