D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241017-37)
Convenio –  Convenio de 24 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Federación de Plataformas Sociales “Pinardi”, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 1.300.000 euros para el desarrollo del proyecto “Primera Experiencia Profesional” en el año 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 248

la subvención concedida y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos en los que se
haya incurrido, y acompañada de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente que acrediten los gastos reflejados en ella, además de los indicadores previstos.
En concreto, por cada período de vigencia del convenio y concluidas las actividades
objeto del mismo, Pinardi deberá presentar en un plazo de tres meses a contar desde la fecha fin del período subvencionable, la siguiente documentación acreditativa del cumplimiento del objeto del convenio:
1. Un informe final de carácter técnico y económico en el que se expresen los objetivos y resultados alcanzados y las actividades desarrolladas, así como una evaluación global del impacto.
En el citado informe se reflejarán todas y cada una de las actuaciones realizadas en el
desarrollo del objeto del convenio de forma cuantificada y detallada, con su coste estimado, su coste final y la correspondiente documentación justificativa de los gastos y pagos.
2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto imputado a la actividad conveniada.
3. Las facturas y demás documentos que acrediten el gasto, de acuerdo con las actividades del convenio. Los pagos realizados se acreditarán mediante justificantes bancarios.
4. Los gastos de personal se justificarán con la presentación de los contratos de trabajo, nóminas, boletines de cotización a la Seguridad Social (Recibo de liquidaciones de
Cotizaciones y Relación Nominal de Trabajadores) y modelos correspondientes a las retenciones a cuenta del IRPF. Todos estos documentos deberán ir acompañados de sus justificantes bancarios de pago. Esta información irá preferentemente seudonimizada.
5. Una certificación del representante legal de Pinardi en la que se hagan con los gastos y pagos realizados en el desarrollo de las actividades conveniadas. Que todos ellos se
corresponden con pagos efectivamente realizados y derivados de la finalidad objeto del
convenio; que la entidad los asume como propios y que la documentación original queda
depositada en la sede de la entidad, a disposición de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para cualquier inspección, no habiendo sido presentados ante otras entidades públicas o privadas
como justificantes de ayudas concedidas por las mismas.
La Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, a través de las personas que designe su titular, podrá llevar a
cabo actuaciones de verificación de la ejecución y gestión de las actuaciones previstas en
el convenio. Para ello, los representantes y responsables de su ejecución deberán facilitar,
durante la vigencia del mismo, el acceso de dichas personas al lugar de la acción y a sus inmuebles, así como a los libros, cuentas y documentos justificativos correspondientes.
Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio
equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa.
Décima
1. Pinardi deberá elaborar una memoria anual de ejecución y presentarla junto a la
justificación anual, o del período de vigencia que corresponda, del convenio. Esta memoria versará sobre el desarrollo, gestión y valoración de las actividades desarrolladas al finalizar el período de vigencia del presente convenio.
De forma puntual, la Consejería podrá solicitar informes específicos sobre las diferentes acciones del programa si lo considerase necesario u oportuno, comprometiéndose Pinardi a facilitar cuantos datos le sean requeridos en relación con el programa o las personas
usuarias del mismo.
2. Pinardi elaborará y mantendrá actualizado un expediente individual de cada usuario del programa en el que se recogerá toda la información relacionada con la intervención
realizada, y cualquier otra que se considere oportuna. En todo momento se respetará la necesaria confidencialidad de la información.
3. Pinardi elaborará reportes trimestrales de ejecución técnica y económica del proyecto.
Undécima
Subcontratación
Pinardi podrá subcontratar las actividades que considere necesarias para la correcta
ejecución del proyecto, tales como asistencias técnicas de apoyo a la implementación, la

BOCM-20241017-37

Memorias e informes de ejecución