Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241015-60)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 246
ción, en concreto, de utilidad pública del mismo, con fechas 3 de mayo de 2023, 10 de mayo
de 2023, 6 de junio de 2023, y el 26 de julio de 2023, el promotor presenta documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes
actuaciones:
— Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora “Pozo I” 30/220 kV, ubicadas en el término municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
— La subestación transformadora “Pozo I” 30/220 kV ubicada en el término municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
— La línea eléctrica aérea a 220 kV de evacuación con origen en la subestación transformadora “Pozo I” 30/220 kV, discurriendo su trazado hasta el apoyo 17 de la infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación eléctrica transformadora “Hojarasca” 30/220 kV con la subestación eléctrica transformadora
Henares 30/220/400 kV, afectando al término municipal de Guadalajara, en la
provincia de Guadalajara.
— La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV de evacuación con origen en el apoyo 57 de la infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación
eléctrica transformadora “Hojarasca” 30/220 kV con la subestación eléctrica
transformadora Henares 30/220/400 kV, discurriendo su trazado hasta el apoyo 121 de la línea eléctrica a 220 kV que conecta la subestación eléctrica transformadora “Atanzón” 30/220 kV con la subestación eléctrica “Ardoz” 220 kV
(REE), afectando a los términos municipales de Anchuelo y Villalbilla, en la Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica subterránea a 220 kV de evacuación con origen en el apoyo 157
de la infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación eléctrica
transformadora Noguera 30/220 kV con la subestación eléctrica transformadora
San Fernando Renovables 220/400 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación eléctrica “Ardoz” 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.,
afectando a los términos municipales de San Fernando de Henares y Torrejón de
Ardoz, en la Comunidad de Madrid.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación “Ardoz” 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., ha sido tramitada en los expedientes
SGEE/PFot-184, SGEE/PFot-195, y SGEE/PFot-208:
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación “Hojarasca”
220/30 kV con la subestación “Henares” 400/220/30 kV (Tramo AP17-AP57).
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Cerezo 220/30 kV
con la subestación Noguera 220/30 kV (coincidente con tramo AP121-AP133 de
la infraestructura de evacuación 220 kV “Atanzón”-SET “Ardoz”).
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Noguera 220/30 kV
con la subestación Fernando Renovables 220/400 kV (coincidente con el tramo AP133AP157 de la infraestructura de evacuación a 220 KV “Atanzón”-SET “Ardoz”).
Las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del alcance de la
presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de:
— La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 13
de junio de 2024, por la que se otorga a Obenque Solar, S.L., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Obenque Solar, de 55,36 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Horche,
Yebes, Valdarachas, Guadalajara, Pozo de Guadalajara, Santorcaz y Anchuelo, en
las provincias de Madrid y Guadalajara.
— La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 18
de julio de 2024, por la que se otorga a Cerezo Solar, S.L.U., autorización admi-
BOCM-20241015-60
BOCM
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ción, en concreto, de utilidad pública del mismo, con fechas 3 de mayo de 2023, 10 de mayo
de 2023, 6 de junio de 2023, y el 26 de julio de 2023, el promotor presenta documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes
actuaciones:
— Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora “Pozo I” 30/220 kV, ubicadas en el término municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
— La subestación transformadora “Pozo I” 30/220 kV ubicada en el término municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
— La línea eléctrica aérea a 220 kV de evacuación con origen en la subestación transformadora “Pozo I” 30/220 kV, discurriendo su trazado hasta el apoyo 17 de la infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación eléctrica transformadora “Hojarasca” 30/220 kV con la subestación eléctrica transformadora
Henares 30/220/400 kV, afectando al término municipal de Guadalajara, en la
provincia de Guadalajara.
— La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV de evacuación con origen en el apoyo 57 de la infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación
eléctrica transformadora “Hojarasca” 30/220 kV con la subestación eléctrica
transformadora Henares 30/220/400 kV, discurriendo su trazado hasta el apoyo 121 de la línea eléctrica a 220 kV que conecta la subestación eléctrica transformadora “Atanzón” 30/220 kV con la subestación eléctrica “Ardoz” 220 kV
(REE), afectando a los términos municipales de Anchuelo y Villalbilla, en la Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica subterránea a 220 kV de evacuación con origen en el apoyo 157
de la infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación eléctrica
transformadora Noguera 30/220 kV con la subestación eléctrica transformadora
San Fernando Renovables 220/400 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación eléctrica “Ardoz” 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.,
afectando a los términos municipales de San Fernando de Henares y Torrejón de
Ardoz, en la Comunidad de Madrid.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación “Ardoz” 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., ha sido tramitada en los expedientes
SGEE/PFot-184, SGEE/PFot-195, y SGEE/PFot-208:
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación “Hojarasca”
220/30 kV con la subestación “Henares” 400/220/30 kV (Tramo AP17-AP57).
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Cerezo 220/30 kV
con la subestación Noguera 220/30 kV (coincidente con tramo AP121-AP133 de
la infraestructura de evacuación 220 kV “Atanzón”-SET “Ardoz”).
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Noguera 220/30 kV
con la subestación Fernando Renovables 220/400 kV (coincidente con el tramo AP133AP157 de la infraestructura de evacuación a 220 KV “Atanzón”-SET “Ardoz”).
Las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del alcance de la
presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de:
— La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 13
de junio de 2024, por la que se otorga a Obenque Solar, S.L., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Obenque Solar, de 55,36 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Horche,
Yebes, Valdarachas, Guadalajara, Pozo de Guadalajara, Santorcaz y Anchuelo, en
las provincias de Madrid y Guadalajara.
— La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 18
de julio de 2024, por la que se otorga a Cerezo Solar, S.L.U., autorización admi-
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