Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241015-60)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 246

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024

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nistrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Cerezo Solar, de 50,01 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Torres
de la Alameda y Villalbilla, en la Comunidad de Madrid y se declara, en concreto, su utilidad pública.
— La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 17
de julio de 2024, por la que se otorga a Grillete Solar, S.L.U., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción
para la instalación fotovoltaica “Grillete Solar”, de 210 MW de potencia instalada,
y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Torres de la
Alameda, San Fernando de Henares, Loeches, Mejorada del Campo y Pozuelo del
Rey en la Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 28 de julio de 2023 y 26 de abril de 2023, declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.
A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 4 de mayo de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta
Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en concreto, de
utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas

Primero.—Otorgar a Bruma Solar, S.L.U. autorización administrativa previa de las modificaciones del proyecto de parque fotovoltaico “Bruma Solar”, de 70 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Guadalajara, Anchuelo, Villalbilla, San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz, en la provincia de Guadalajara
y en la Comunidad de Madrid, en los términos que se recogen en la presente resolución.
Segundo.—Otorgar a Bruma Solar, S.L.U. autorización administrativa de construcción
para el parque fotovoltaico “Bruma Solar”, de 70 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Guadalajara, Anchuelo, Villalbilla, San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz, en la provincia de Guadalajara y en la
Comunidad de Madrid con las características definidas en los proyectos y las adendas: Proyecto Técnico Administrativo-Planta Fotovoltaica FV “Bruma Solar” 75 MWp/61,23 MWn
(T.M: Guadalajara-Guadalajara)”, fechado el 5 de noviembre de 2020; «Proyecto Oficial
de Ejecución-L/30 kV PSFV Bruma-ST “Pozo I” (T.M. Guadalajara-Guadalajara)», fechado
el 11 de noviembre de 2020; «Proyecto Técnico Administrativo-Subestación Eléctrica
“Pozo I” 220/30 kV (T.M: Guadalajara-Guadalajara)», fechado el 4 de agosto de 2020; «Proyecto Oficial de Ejecución-E/S en “Pozo I” de L/220 kV “Atanzón-Ardoz” (T.M.: Guadalajara-Guadalajara)», fechado el 30 de julio de 2020; «Proyecto Oficial de Ejecución-L/220 kV
“Atanzón-Ardoz” REE 220 (Tramo AP57-AP121) (TT.MM.: Anchuelo y VillabillaMadrid)», fechado el 30 de julio de 2020; y «Proyecto Oficial de Ejecución-L/220 kV “Atanzón-Ardoz” (Tramo AP 157-ST Ardoz) (TT.MM.: San Fernando de Henares y Torrejón de

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