Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241015-61)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 246
te de Tajo, en la provincia de Madrid con las características definidas en los proyectos y
adendas: “Proyecto Técnico Administrativo-Planta Fotovoltaica FV Rabiza Solar 85,29
MWp/75 MW instalados e Infraestructura de Evacuación 30 kV (TT. MM. Colmenar de
Oreja y Belmonte de Tajo, Madrid)”, fechado el 28 mayo de 2021; “Adenda al Presupuesto del Proyecto Técnico Administrativo-Planta Fotovoltaica FV Rabiza Solar 77,86
MWp/75,00 MW instalados e infraestructura de evacuación 30 kV (TT. MM. Colmenar de
Oreja y Belmonte de Tajo, Madrid)”, visado el 24 de mayo de 2023; y “Adenda a Proyecto Técnico Administrativo-Planta Fotovoltaica FV Rabiza Solar 77,86 MWp/75,00 MW
instalados e infraestructura de evacuación 30 kV (TT. MM. Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo, Madrid)”, visado el 21 de abril de 2023; y con las particularidades recogidas en
la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
— Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
75,00 MW.
— Número y tipo de módulos: 173.016 módulos, del fabricante Canadian Solar, modelo CS3W- 450MS, de 450 W de potencia.
— Potencia pico de módulos: 77,86 MW.
— Número y tipo de inversores: 30 inversores del fabricante Sunny Central, modelo 2500EV, con una potencia unitaria de 2.500 kVA.
— Potencia total de los inversores: 75,00 MW.
— Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S. A. U.: 65,67 MW.
— Tipo de soporte: seguidor a un eje.
— Centros de transformación: 16, con una potencia de 75 MWAC.
— Términos municipales afectados: Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo, en la
provincia de Madrid.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
— Las líneas subterráneas a 30 kV tienen como origen los centros de transformación
de la planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Regata 30/132 kV.
d Capacidad y/o sección: variable.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros expedientes
(SGEE/PFot-259 y SGEE/ PFot-260), que han obtenido, a su vez, autorización administrativa de construcción de la infraestructura de evacuación pertinente.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así como
las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en
especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así como sin perjuicio
del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Segundo.—Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza
con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados
por el promotor y publicadas el 2 de diciembre de 2021 y el 20 de junio de 2023 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el 16 de noviembre de 2021, el 24 de noviembre de 2021 y el 8 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, a los efectos
previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Co-
BOCM-20241015-61
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 246
te de Tajo, en la provincia de Madrid con las características definidas en los proyectos y
adendas: “Proyecto Técnico Administrativo-Planta Fotovoltaica FV Rabiza Solar 85,29
MWp/75 MW instalados e Infraestructura de Evacuación 30 kV (TT. MM. Colmenar de
Oreja y Belmonte de Tajo, Madrid)”, fechado el 28 mayo de 2021; “Adenda al Presupuesto del Proyecto Técnico Administrativo-Planta Fotovoltaica FV Rabiza Solar 77,86
MWp/75,00 MW instalados e infraestructura de evacuación 30 kV (TT. MM. Colmenar de
Oreja y Belmonte de Tajo, Madrid)”, visado el 24 de mayo de 2023; y “Adenda a Proyecto Técnico Administrativo-Planta Fotovoltaica FV Rabiza Solar 77,86 MWp/75,00 MW
instalados e infraestructura de evacuación 30 kV (TT. MM. Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo, Madrid)”, visado el 21 de abril de 2023; y con las particularidades recogidas en
la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
— Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
75,00 MW.
— Número y tipo de módulos: 173.016 módulos, del fabricante Canadian Solar, modelo CS3W- 450MS, de 450 W de potencia.
— Potencia pico de módulos: 77,86 MW.
— Número y tipo de inversores: 30 inversores del fabricante Sunny Central, modelo 2500EV, con una potencia unitaria de 2.500 kVA.
— Potencia total de los inversores: 75,00 MW.
— Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S. A. U.: 65,67 MW.
— Tipo de soporte: seguidor a un eje.
— Centros de transformación: 16, con una potencia de 75 MWAC.
— Términos municipales afectados: Colmenar de Oreja y Belmonte de Tajo, en la
provincia de Madrid.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
— Las líneas subterráneas a 30 kV tienen como origen los centros de transformación
de la planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Regata 30/132 kV.
d Capacidad y/o sección: variable.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros expedientes
(SGEE/PFot-259 y SGEE/ PFot-260), que han obtenido, a su vez, autorización administrativa de construcción de la infraestructura de evacuación pertinente.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así como
las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en
especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así como sin perjuicio
del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Segundo.—Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza
con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados
por el promotor y publicadas el 2 de diciembre de 2021 y el 20 de junio de 2023 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el 16 de noviembre de 2021, el 24 de noviembre de 2021 y el 8 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, a los efectos
previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Co-
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