Alpedrete (BOCM-20241014-49)
Organización y funcionamiento. Reglamento Biblioteca
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 532

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 245

5. Los usuarios dispondrán de una colección básica de publicaciones periódicas ubicada en una zona dedicada expresamente a este tipo de materiales.
6. Siempre que sea posible, los espacios destinados a la lectura y consulta de fondos
y fuentes de información estarán exclusivamente dedicados a tales fines.
7. Siempre que sea posible, la Biblioteca habilitará espacios destinados al trabajo
en grupo.
8. Los puestos de lectura no se pueden reservar, ni abandonar por un período superior a 30 minutos.
9. La Biblioteca Municipal no es responsable de la información que pudieran recuperar o a la que pudieran acceder los usuarios.
10. Los niños menores de 12 años deben ir acompañados siempre de un adulto.
Art. 6. Servicio de préstamo.—1. El Servicio de préstamo es una prestación básica
de las Bibliotecas Públicas Municipales, que permite a los usuarios llevarse en préstamo
materiales de la colección destinada a este fin, en cualquier tipo de soporte, para su lectura
y utilización fuera de la biblioteca.
Para utilizar el Servicio de Préstamo es necesario ser usuario inscrito (socio) de la Biblioteca. La condición de socio se acredita a través de un carné. Para su obtención es necesario presentar el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia. De esta documentación se tomarán los siguientes datos:
— Nombre y apellidos.
— N.o DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
— Domicilio y localidad.
— N.o de teléfono.
— Fecha de nacimiento.
— Mail.
En el carné deberán figurar, como mínimo, los siguientes datos:
— Nombre y apellidos.
— Nombre de la Biblioteca.
— Código de barras o número de socio.
— Fecha de expedición.
2. Los domiciliados temporalmente en la localidad de la Biblioteca facilitarán además los datos de su domicilio permanente.
3. El carnet de socio es personal e intransferible.
4. El usuario deberá comunicar a la Biblioteca cualquier cambio de domicilio, mail
o teléfono.
5. Para los menores de 18 años es imprescindible la presentación de los originales de
la documentación del padre, madre o tutor, o la correspondiente autorización.
6. En caso de perdida, deberá avisar inmediatamente a la Biblioteca, siendo el usuario responsable de cuantas transacciones se realicen con el carné hasta el momento en que
se notifique la perdida a la Biblioteca.
7. El usuario tendrá a su disposición, en libre acceso, todo el fondo bibliográfico de
la Biblioteca destinado al préstamo. Quedan excluidas las obras de referencia, los ejemplares de carácter único y de difícil reposición, las obras de particular interés bibliográfico, histórico o artístico y aquellas obras de la colección local que se consideren de conservación
y reserva. Todas las obras excluidas del préstamo estarán identificadas.
8. La solicitud del carné de usuario inscrito (socio) implica la aceptación por parte
del solicitante de las normas que rigen el funcionamiento de la Biblioteca.
9. Cada socio podrá llevarse en préstamo hasta 6 documentos: 3 libros por un tiempo máximo de 30 días y 3 de material audiovisual o multimedia por un tiempo máximo de
10 días con posibilidad de renovación.
10. El retraso en la devolución de los documentos dará lugar a la suspensión del derecho de utilización del servicio por un período de tiempo equivalente, al menos, a la demora. El período máximo de este tipo de sanción será de 3 meses.
11. La Biblioteca realizará, de acuerdo con los medios y recursos disponibles, reservas de un máximo de 3 libros por usuario. La reserva se mantendrá 48 horas.
12. El usuario se hace responsable del material que utilice y en caso de deterioro o
pérdida quedará obligado a su reposición. Si la obra estuviese agotada, se debe sustituir por
otra de características similares.
13. El préstamo es un servicio exclusivamente para uso personal. No está permitida
la reproducción o exhibición pública de los materiales.

BOCM-20241014-49

BOCM