Alpedrete (BOCM-20241014-49)
Organización y funcionamiento. Reglamento Biblioteca
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B.O.C.M. Núm. 245

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024

Art. 7. Servicio de préstamo a domicilio (telebiblioteca).—1. Este Servicio está
destinado a personas que no puedan desplazarse y hacer uso directo de la Biblioteca Municipal: personas con discapacidad, ancianos, enfermos, etc., y que sean residentes en el término municipal de Alpedrete.
2. Se prestará un máximo de tres libros por un período de 30 días.
3. El servicio de recogida y distribución de libros tendrá lugar cada 30 días en la fecha y hora que se determine, poniéndolo en conocimiento de los socios con la adecuada publicidad.
4. Las peticiones y renovaciones se harán por teléfono, como muy tarde, el día anterior al del servicio de recogida y distribución, en el horario de atención al público de la Biblioteca, indicando el número de socio.
5. Es condición imprescindible para utilizar este servicio ser usuario inscrito (socio)
de la Biblioteca Municipal de Alpedrete.
Art. 8. Servicio de préstamo colectivo.—1. Este Servicio está destinado a las entidades y colectivos que lo soliciten. Estos pueden obtener documentos en préstamo, a través
de un representante acreditado, con las siguientes condiciones:
— La duración mínima del préstamo será de un mes.
— La cantidad máxima será de 30 libros.
— El representante del colectivo o la institución se responsabilizará de la devolución
de los documentos en los plazos previstos y de reponer los deteriorados o perdidos.
— La entidad receptora del préstamo se compromete a facilitar información estadística sobre el uso del fondo.
Art. 9. Servicio de formación de usuarios y promoción de la lectura.—1. La Biblioteca debe ser accesible a todos los miembros de la comunidad a la que sirve, dar a conocer
su potencial, formar a los usuarios para mejor utilización de sus recursos y realizar distintas
actividades para fomentar el hábito lector y la difusión de la información. Además, debe apoyar y dar cabida a cuantas actividades se adecuen a sus fines y posibilidades materiales.
2. Se entiende por “formación de usuarios” el conjunto de estrategias dirigidas a conseguir usuarios autosuficientes en el manejo y máximo aprovechamiento de los recursos
que les ofrece la Biblioteca Municipal. Para conseguir esto se realizarán periódicamente actividades de formación encaminadas al conocimiento del espacio de la Biblioteca, al dominio de los instrumentos de búsqueda de documentos, y al reconocimiento de los sistemas de
ordenación de fondos.
Como la información es muy importante, también se debe elaborar folletos, carteles,
paneles, etc., para dar a conocer sus servicios y actividades, teniendo en cuenta, a la hora
de su realización, las características de los lectores a quienes vayan destinados. Asimismo,
debe existir la señalización necesaria para que el usuario pueda controlar el espacio y localizar los servicios, fondos y catálogos que necesite en cada momento de la forma más fácil
y rápida.
3. El servicio de promoción de la lectura engloba todas las actividades que se realizan en la Biblioteca Municipal, tanto las que se llevan a cabo dentro del centro (club de lectura, cuentacuentos, talleres …), como las que trascienden fuera de él (visitas culturales,
concursos, teatro …) siempre que vayan encaminadas a fomentar el hábito lector de los
usuarios o intenten atraer nuevos lectores. También colabora, apoya y participa en cualquier
otra actividad, no promovida por ella, pero que pueda ser adecuada a sus fines.
Art. 10. Servicio de multimedia e Internet.—1. La Biblioteca se constituye como
mediadora entre los medios de información tradicionales y las tecnologías de la información y como garante de la igualdad de oportunidades de acceso del ciudadano a la información en formato electrónico.
2. La biblioteca debe proporcionar acceso a los siguientes servicios electrónicos:
— Servicio de acceso a Internet.
— Servicio de acceso a los recursos de información electrónica de la propia colección, a través de puestos de consulta informáticos.
— Servicio de biblioteca a través de Internet, para posibilitar el acceso a la biblioteca
desde el domicilio, la escuela o el lugar de trabajo las 24 horas del día.
3. El objetivo principal del Servicio de Acceso Público a Internet es facilitar el acceso a la información y comunicación, ofrecer la igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos y promover que estén familiarizados con el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación; así como proporcionar a los usuarios ayuda y orientación para

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