Tres Cantos (BOCM-20241014-111)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 643
participantes en los ejercicios estarán en todo momento provistos de su DNI o Pasaporte vigente, y a disposición del Tribunal para cuando se solicite su identificación.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, aunque esta, en su caso,
pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en la normativa sobre procedimiento
administrativo, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Las resoluciones del Tribunal podrán ser revisadas de oficio, en virtud de lo preceptuado en los arts. 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, o a instancia del interesado por la interposición de los recursos administrativos que correspondan conforme a los arts. 112 y siguientes del mismo cuerpo legal.
Con el fin de poder resolver las cuestiones que se susciten, el Tribunal quedará constituido hasta que se agoten los plazos legales de interposición de recursos, pudiendo ser
convocados en cualquier momento.
8. El Tribunal calificador quedará incluido en la categoría que corresponda al grupo de
titulación al que pertenece la plaza convocada, conforme a lo preceptuado en el artículo 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
9. Norma de calificación del Tribunal: El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de 5 puntos o
apto, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba.
Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas, y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el
supuesto en que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos,
solo se eliminará una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. En ningún caso
se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se aprobará, mediante Decreto del
Primer Teniente de Alcalde, la relación provisional de admitidos y excluidos, en el plazo de
un mes, que se publicará en el tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento https://sede.trescantos.es . En esta resolución se incluirá la lista completa de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. Aquellos aspirantes que no figuren en
la lista o hayan sido excluidos dispondrán de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la citada publicación, para la subsanación de posibles defectos o reclamaciones.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitido, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de oficio o a instancia del interesado en
cualquier momento del proceso selectivo.
2. Finalizado el plazo de subsanación antes señalado, se publicará un nuevo Decreto
aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en el plazo de un mes, a
la que se dará la misma publicidad. En dicha resolución se nombrarán los miembros del Tribunal calificador, así como la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio o prueba.
El hecho de figurar en la relación definitiva de aspirantes admitidos no supone que se
reconozca la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo.
Cuando del examen de la documentación que se presenten en el caso de ser seleccionado,
se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán
de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
3. Las publicaciones de los sucesivos anuncios para la celebración de las pruebas de
este proceso, y de las calificaciones, se hará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Los aspirantes serán convocados para cada prueba o ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor y debidamente justificados, que serán libremente apreciados por el Tribunal.
4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará la relación de personas
aprobadas, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de cada ejercicio, en el en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica. Se abrirá un plazo de tres días
hábiles a contar desde el siguiente a la publicación, para reclamaciones y alegaciones.
5. Resueltas, si procede, las alegaciones, el Tribunal hará pública la relación con la
calificación definitiva, y elevará al órgano competente la propuesta de resolución del proceso selectivo a efectos de la adjudicación de las plazas convocadas.
BOCM-20241014-111
Octava. Procedimiento
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 643
participantes en los ejercicios estarán en todo momento provistos de su DNI o Pasaporte vigente, y a disposición del Tribunal para cuando se solicite su identificación.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, aunque esta, en su caso,
pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en la normativa sobre procedimiento
administrativo, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Las resoluciones del Tribunal podrán ser revisadas de oficio, en virtud de lo preceptuado en los arts. 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, o a instancia del interesado por la interposición de los recursos administrativos que correspondan conforme a los arts. 112 y siguientes del mismo cuerpo legal.
Con el fin de poder resolver las cuestiones que se susciten, el Tribunal quedará constituido hasta que se agoten los plazos legales de interposición de recursos, pudiendo ser
convocados en cualquier momento.
8. El Tribunal calificador quedará incluido en la categoría que corresponda al grupo de
titulación al que pertenece la plaza convocada, conforme a lo preceptuado en el artículo 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
9. Norma de calificación del Tribunal: El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de 5 puntos o
apto, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba.
Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas, y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el
supuesto en que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos,
solo se eliminará una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. En ningún caso
se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se aprobará, mediante Decreto del
Primer Teniente de Alcalde, la relación provisional de admitidos y excluidos, en el plazo de
un mes, que se publicará en el tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento https://sede.trescantos.es . En esta resolución se incluirá la lista completa de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. Aquellos aspirantes que no figuren en
la lista o hayan sido excluidos dispondrán de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la citada publicación, para la subsanación de posibles defectos o reclamaciones.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitido, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de oficio o a instancia del interesado en
cualquier momento del proceso selectivo.
2. Finalizado el plazo de subsanación antes señalado, se publicará un nuevo Decreto
aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en el plazo de un mes, a
la que se dará la misma publicidad. En dicha resolución se nombrarán los miembros del Tribunal calificador, así como la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio o prueba.
El hecho de figurar en la relación definitiva de aspirantes admitidos no supone que se
reconozca la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo.
Cuando del examen de la documentación que se presenten en el caso de ser seleccionado,
se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán
de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
3. Las publicaciones de los sucesivos anuncios para la celebración de las pruebas de
este proceso, y de las calificaciones, se hará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Los aspirantes serán convocados para cada prueba o ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor y debidamente justificados, que serán libremente apreciados por el Tribunal.
4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará la relación de personas
aprobadas, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de cada ejercicio, en el en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica. Se abrirá un plazo de tres días
hábiles a contar desde el siguiente a la publicación, para reclamaciones y alegaciones.
5. Resueltas, si procede, las alegaciones, el Tribunal hará pública la relación con la
calificación definitiva, y elevará al órgano competente la propuesta de resolución del proceso selectivo a efectos de la adjudicación de las plazas convocadas.
BOCM-20241014-111
Octava. Procedimiento