D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241014-29)
Convenio –  Convenio de 27 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Pinto, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de Oficina de Rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I” en el municipio de Pinto, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Pinto como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 245

c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el
apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto,
o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en
cualquier circunstancia o lugar».
Segundo
Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su poder,
no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés, en
los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima décima segunda,
ni en cualquier otro de los previstos en el presente documento que pueda afectar al procedimiento
de licitación/concesión de subvenciones.
Tercero
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación,
sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier
momento del procedimiento en curso.
Cuarto
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea
falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la
normativa de aplicación.

BOCM-20241014-29

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