D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241014-28)
Convenio –  Convenio de 24 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Barrio de Torrepista. Fase I” en el municipio de Torrejón de Ardoz, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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B.O.C.M. Núm. 245

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024

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o igual a 60.000 euros, a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación, en cumplimiento del artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 en relación
con lo establecido en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Acreditar con anterioridad al abono de cualquier cantidad que se halla al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que
no tiene deudas con la Administración tributaria de la Comunidad de Madrid.
Informar de cualquier sospecha de fraude pudiendo utilizar cualquiera de los
canales de comunicación que establece la Comunidad de Madrid: el canal público de la IGAE, el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid
( www.comunidad.madrid/transparencia/ ), así como su buzón de consultas
abierto a toda la ciudadanía.
https://www.comunidad.madrid/transparencia/presentacion-sugerencias-yquejasadministracion-general-comunidad-madrid-resumen-y-presentacion
Autorizar expresamente a la Comisión, a la OLAF, al Tribunal de Cuentas y en su
caso, a la Fiscalía Europea a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo
129.1 del Reglamento Financiero, de conformidad con el artículo 22.2 e) del Reglamento (UE) 2021/241.
Garantizar el pleno cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático y digital de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado por Consejo de Ministros el 27 de
abril de 2021 y por el Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en cuyo anexo VI se incluyen los campos de intervención a los que corresponden las actuaciones subvencionables de los programas del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, según quedan especificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en la Decisión de
Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (CID). En caso de incumplimiento del principio
DNSH, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en el anexo a la
CID y en los apartados 3, 6 y 8 del componente 2 del PRTR, se deberán reintegrar
las cuantías percibidas.
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz estará obligado a acreditar la titularidad
real, a autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas
las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el
Reglamento (UE) 2021/241. Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco del MRR se considerarán obligaciones para el destinatario último, el registro
de sus datos en una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como
la sujeción a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión
Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
Cumplir con las obligaciones inherentes a la condición del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de entidad ejecutora del PRTR, entre las cuales cabe citar las relativas al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a subproyecto en el que
se integran las actuaciones subvencionadas, las derivadas de la aplicación de la
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, del sistema de información ( CoFFEE),
de todos los principios transversales del PRTR MRR y de gestión específicos del
artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel
de exigencia que el requerido a las entidades ejecutoras, incluidas las obligaciones de disponer de un Plan de medidas antifraude, todo ello en virtud de la Resolución 1/2022, de 12 de abril de la Secretaría General de Fondos Europeos.
La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de
acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del
PRTR, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las

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