Ciempozuelos (BOCM-20241011-66)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 247
El hecho de presentar la instancia implicará la autorización del/a candidato/a a la exposición de sus datos personales.
3.2. Documentación que debe adjuntarse a la instancia para ser admitido y tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes.
Las personas aspirantes manifestarán en sus instancias de participación que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos tal y como se establecen en la Base 2, adjuntando
la siguiente documentación:
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
— Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte en vigor o documento
equivalente para los aspirantes no nacionales.
— Los méritos valorables se alegarán en la instancia establecida al efecto por el
Ayuntamiento de Ciempozuelos. La fecha límite para la alegación y presentación
de méritos será aquella en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
— No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan presentado en
el plazo y forma anteriormente mencionados.
— No se valorarán, en ningún caso, los méritos que no se justifiquen con la documentación adecuada.
— La falta de presentación de los documentos relativos a la justificación de los méritos no supondrá la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas, aunque significará una valoración de cero puntos en el concurso.
— La falta de presentación de instancia supondrá la exclusión de los aspirantes en las
pruebas selectivas.
— Fotocopia de la titulación exigida o justificante de haberla solicitado con entrada
en el registro del órgano competente, sin perjuicio de que sea necesaria la presentación posterior del original.
— Documento que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33 % para
aquellos que lo indiquen en la solicitud.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. Asimismo, en ningún caso se valorarán méritos que no hayan sido alegados ni
acreditados documentalmente en dicho plazo.
4.1. Listado provisional.—Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente de la Corporación dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión. La resolución del listado provisional de aspirantes excluidos deberá
publicarse, en todo caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La Lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos deberá publicarse en el tablón alojado en
la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así como en la página web
municipal ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
4.2. Plazo de subsanación y publicación del listado definitivo.—Las personas excluidas expresamente, así como quienes no figuren en la relación de admitidos ni en la de
excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación de la resolución del listado provisional de aspirantes excluidos en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión o su no inclusión.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación, se elevará automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente de la Corporación
dictará resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
en el tablón alojado en la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así
como en la página web municipal ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
La publicación de la resolución en el tablón alojado en la sede electrónica municipal
( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así como en la página web municipal:
— www.ayto-ciempozuelos.org
Será determinante en los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
BOCM-20241011-66
Cuarta. Admisión de aspirantes
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 247
El hecho de presentar la instancia implicará la autorización del/a candidato/a a la exposición de sus datos personales.
3.2. Documentación que debe adjuntarse a la instancia para ser admitido y tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes.
Las personas aspirantes manifestarán en sus instancias de participación que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos tal y como se establecen en la Base 2, adjuntando
la siguiente documentación:
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
— Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte en vigor o documento
equivalente para los aspirantes no nacionales.
— Los méritos valorables se alegarán en la instancia establecida al efecto por el
Ayuntamiento de Ciempozuelos. La fecha límite para la alegación y presentación
de méritos será aquella en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
— No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan presentado en
el plazo y forma anteriormente mencionados.
— No se valorarán, en ningún caso, los méritos que no se justifiquen con la documentación adecuada.
— La falta de presentación de los documentos relativos a la justificación de los méritos no supondrá la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas, aunque significará una valoración de cero puntos en el concurso.
— La falta de presentación de instancia supondrá la exclusión de los aspirantes en las
pruebas selectivas.
— Fotocopia de la titulación exigida o justificante de haberla solicitado con entrada
en el registro del órgano competente, sin perjuicio de que sea necesaria la presentación posterior del original.
— Documento que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33 % para
aquellos que lo indiquen en la solicitud.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. Asimismo, en ningún caso se valorarán méritos que no hayan sido alegados ni
acreditados documentalmente en dicho plazo.
4.1. Listado provisional.—Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente de la Corporación dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión. La resolución del listado provisional de aspirantes excluidos deberá
publicarse, en todo caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La Lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos deberá publicarse en el tablón alojado en
la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así como en la página web
municipal ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
4.2. Plazo de subsanación y publicación del listado definitivo.—Las personas excluidas expresamente, así como quienes no figuren en la relación de admitidos ni en la de
excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación de la resolución del listado provisional de aspirantes excluidos en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión o su no inclusión.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación, se elevará automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente de la Corporación
dictará resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
en el tablón alojado en la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así
como en la página web municipal ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
La publicación de la resolución en el tablón alojado en la sede electrónica municipal
( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así como en la página web municipal:
— www.ayto-ciempozuelos.org
Será determinante en los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
BOCM-20241011-66
Cuarta. Admisión de aspirantes