Ciempozuelos (BOCM-20241011-66)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 243
C. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
D. Los aspirantes deberán estar en posesión del título Bachiller, FP Grado Medio o
equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del
plazo de presentación de instancias, en cada caso. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en que se
reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia. Los aspirantes con titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
E. Estar en posesión del permiso de conducir B.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar,
serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desempeño de las funciones o tareas correspondientes al puesto convocado. Se realizarán las
adaptaciones posibles de tiempos y medios en las pruebas selectivas, si las personas interesadas lo señalan en la solicitud de participación.
Los/as interesados/as deberán realizar la petición al solicitar la participación en la convocatoria y también deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano
técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha que termine el plazo de
presentación de solicitudes y gozar de ellos durante todo el procedimiento de selección,
hasta el momento del nombramiento.
No obstante, a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o varios requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los
efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos
administrativos que procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso
selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de las tareas y funciones habituales de la
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos
competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de 10 días y tendrá el carácter determinante de resolver. De esta actuación se dará conocimiento al/a interesado/a, al objeto
de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si el contenido del dictamen
se desprende que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida
al órgano competente el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el
proceso selectivo.
3.1. Forma, plazo y lugar de presentación.—Las instancias solicitando tomar
parte en el procedimiento selectivo, cuyo modelo se facilitará gratuitamente en el Excmo.
Ayuntamiento de Ciempozuelos y será publicado en la sede electrónica municipal
( sede.ayto-ciempozuelos.org ) y en la página web municipal ( www.ayto-ciempozuelos.org ),
serán dirigidas a la Sra. alcaldesa-presidenta y en ella los/as interesados/as harán constar
que reúnen todos los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.
Se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento,
en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Las instancias se presentarán
en el Registro General del Ayuntamiento de Ciempozuelos, de lunes a viernes, en horario
de 9:00 a 14:00 horas (plaza de la Constitución, número 9, teléfono: 918 930 004). También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y a través de la sede electrónica del
mismo ( sede.ayto-ciempozuelos.org ).
BOCM-20241011-66
Tercera. Instancias
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 243
C. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
D. Los aspirantes deberán estar en posesión del título Bachiller, FP Grado Medio o
equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del
plazo de presentación de instancias, en cada caso. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en que se
reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia. Los aspirantes con titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
E. Estar en posesión del permiso de conducir B.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar,
serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desempeño de las funciones o tareas correspondientes al puesto convocado. Se realizarán las
adaptaciones posibles de tiempos y medios en las pruebas selectivas, si las personas interesadas lo señalan en la solicitud de participación.
Los/as interesados/as deberán realizar la petición al solicitar la participación en la convocatoria y también deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano
técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha que termine el plazo de
presentación de solicitudes y gozar de ellos durante todo el procedimiento de selección,
hasta el momento del nombramiento.
No obstante, a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o varios requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los
efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos
administrativos que procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso
selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de las tareas y funciones habituales de la
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos
competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de 10 días y tendrá el carácter determinante de resolver. De esta actuación se dará conocimiento al/a interesado/a, al objeto
de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si el contenido del dictamen
se desprende que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida
al órgano competente el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el
proceso selectivo.
3.1. Forma, plazo y lugar de presentación.—Las instancias solicitando tomar
parte en el procedimiento selectivo, cuyo modelo se facilitará gratuitamente en el Excmo.
Ayuntamiento de Ciempozuelos y será publicado en la sede electrónica municipal
( sede.ayto-ciempozuelos.org ) y en la página web municipal ( www.ayto-ciempozuelos.org ),
serán dirigidas a la Sra. alcaldesa-presidenta y en ella los/as interesados/as harán constar
que reúnen todos los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.
Se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento,
en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Las instancias se presentarán
en el Registro General del Ayuntamiento de Ciempozuelos, de lunes a viernes, en horario
de 9:00 a 14:00 horas (plaza de la Constitución, número 9, teléfono: 918 930 004). También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y a través de la sede electrónica del
mismo ( sede.ayto-ciempozuelos.org ).
BOCM-20241011-66
Tercera. Instancias