Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241011-59)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 243
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U. (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 18 de mayo de 2023, subsanado posteriormente, autorización administrativa previa de modificaciones, y autorización administrativa de construcción, aportando los correspondientes proyectos de ejecución para instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 82,49 MW
de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de
Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar en la provincia de Toledo,
y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles en la provincia de Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Las Áreas de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha han realizado la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de modificaciones y autorización
administrativa de construcción de las plantas solares fotovoltaicas Helena Solar 2, Helena
Solar 3, Helena Solar 4, Helena Solar 5, Helena Solar 6, Helena Solar 8, Helena Solar 9,
Helena Solar 12, Helena Solar 13 y Helena Solar 14, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Instituto Geográfico Nacional, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, del Ayuntamiento de Méntrida,
del Ayuntamiento de Maqueda, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de
la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Ayuntamiento de Quismondo, de Nedgia, S. A., de la Diputación Provincial de Toledo, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de UFD Distribución Electricidad, S. A., de Telefónica de España, S. A. U., de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.,
de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo
Sostenible de Castilla-La Mancha, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Madrileña Red de Gas, S. A., de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y del Canal Isabel II, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante
dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestación del Ayuntamiento de Navalcarnero, en las que se emite
informe condicionado, en el que se señala entre otros aspectos que el trazado en dos zonas
determinadas (Sector S-14 y PAU-4) será subterráneo y deberá discurrir adecuándose al trazado de las redes y sistemas estructurantes, o viarios públicos con el fin de no interferir en
el planeamiento urbanístico de los sectores. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. El Ayuntamiento emite posterior contestación en la que se pone de manifiesto que, a la vista de la documentación aportada por el promotor, se considera conforme el trazado y se garantiza la compatibilidad del
futuro desarrollo de la infraestructura a su paso por los sectores de suelo urbanizable sectorizado Sector S-14 y PAU-4.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid en el que se solicita rea-
BOCM-20241011-59
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 243
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U. (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 18 de mayo de 2023, subsanado posteriormente, autorización administrativa previa de modificaciones, y autorización administrativa de construcción, aportando los correspondientes proyectos de ejecución para instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 82,49 MW
de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de
Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar en la provincia de Toledo,
y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles en la provincia de Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Las Áreas de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha han realizado la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de modificaciones y autorización
administrativa de construcción de las plantas solares fotovoltaicas Helena Solar 2, Helena
Solar 3, Helena Solar 4, Helena Solar 5, Helena Solar 6, Helena Solar 8, Helena Solar 9,
Helena Solar 12, Helena Solar 13 y Helena Solar 14, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Instituto Geográfico Nacional, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, del Ayuntamiento de Méntrida,
del Ayuntamiento de Maqueda, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de
la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Ayuntamiento de Quismondo, de Nedgia, S. A., de la Diputación Provincial de Toledo, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de UFD Distribución Electricidad, S. A., de Telefónica de España, S. A. U., de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.,
de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo
Sostenible de Castilla-La Mancha, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Madrileña Red de Gas, S. A., de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y del Canal Isabel II, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante
dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestación del Ayuntamiento de Navalcarnero, en las que se emite
informe condicionado, en el que se señala entre otros aspectos que el trazado en dos zonas
determinadas (Sector S-14 y PAU-4) será subterráneo y deberá discurrir adecuándose al trazado de las redes y sistemas estructurantes, o viarios públicos con el fin de no interferir en
el planeamiento urbanístico de los sectores. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. El Ayuntamiento emite posterior contestación en la que se pone de manifiesto que, a la vista de la documentación aportada por el promotor, se considera conforme el trazado y se garantiza la compatibilidad del
futuro desarrollo de la infraestructura a su paso por los sectores de suelo urbanizable sectorizado Sector S-14 y PAU-4.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid en el que se solicita rea-
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