Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241011-59)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 219
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
59
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga
a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., autorización administrativa previa
de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 82,49 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación,
en los términos municipales de Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del
Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar en la provincia de Toledo, y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles
en la provincia de Madrid.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., solicitó con fecha 30 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental de
la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 99,99 MW de potencia pico, y sus líneas de
evacuación a 30 kV hasta la subestación eléctrica SET Las Loberas 30/220 kV.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., solicitó, también con fecha 30
de noviembre de 2020, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental de la de la instalación fotovoltaica Helena Solar 1, de 99,99 MW de potencia pico,
sus líneas de evacuación a 30 kV, las subestaciones eléctricas SET Almenara 30/220 kV,
SET La Cañada 30/220 kV, SET La Mesilla 30/220 kV, SET Las Loberas 30/220 kV, SET
El Límite 30/220 kV, líneas de evacuación a 220 kV, la subestación eléctrica SET La Platera 220/400 kV y su línea de evacuación a 400 kV hasta la subestación Villaviciosa 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U., en la provincia de Madrid.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 99,98 MW
de potencia pico y 89,36 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en
los términos Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar en la provincia de Toledo, y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en
el “Boletín Oficial del Estado” número 130, de 1 de junio de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la Resolución de 24 de enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 28, de 2
de febrero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en
particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
— Se llevarán a cabo todas las modificaciones al proyecto según las indicaciones de
los organismos, aceptadas por el promotor y reflejadas en el apartado descriptivo
y de localización del proyecto. Específicamente, se reduce la planta solar fotovoltaica Helena Solar 2, y las líneas de evacuación tendrán recorridos aéreo-soterrados, teniendo en cuenta las indicaciones dadas por la Dirección General de Medio
natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y por
la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid. Asimismo, las líneas de conexión entre Helena Solar 2 hasta conectar con
la SET Loberas, deberán ir soterradas (condiciones generales al proyecto).
— Se deberán eliminar los paneles que se encuentren a una distancia de menos de 1.000
metros de los nidos de águila imperial ibérica, y los que estén a menos de 1.500 metros podrán ocupar un máximo del 10 % de la superficie de su área de alimentación.
En cualquier caso, las superficies definitivas a ocupar por las plantas se consensuarán con el organismo competente de Castilla-La Mancha (condición ii.3).
— Habrá de retranquearse al menos 100 metros en las partes de las plantas colindantes
con algún corredor ecológico (condición ii.12).
BOCM-20241011-59
Dirección General de Política Energética y Minas
B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 219
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
59
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga
a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., autorización administrativa previa
de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 82,49 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación,
en los términos municipales de Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del
Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar en la provincia de Toledo, y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles
en la provincia de Madrid.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., solicitó con fecha 30 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental de
la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 99,99 MW de potencia pico, y sus líneas de
evacuación a 30 kV hasta la subestación eléctrica SET Las Loberas 30/220 kV.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., solicitó, también con fecha 30
de noviembre de 2020, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental de la de la instalación fotovoltaica Helena Solar 1, de 99,99 MW de potencia pico,
sus líneas de evacuación a 30 kV, las subestaciones eléctricas SET Almenara 30/220 kV,
SET La Cañada 30/220 kV, SET La Mesilla 30/220 kV, SET Las Loberas 30/220 kV, SET
El Límite 30/220 kV, líneas de evacuación a 220 kV, la subestación eléctrica SET La Platera 220/400 kV y su línea de evacuación a 400 kV hasta la subestación Villaviciosa 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U., en la provincia de Madrid.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 99,98 MW
de potencia pico y 89,36 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en
los términos Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar en la provincia de Toledo, y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en
el “Boletín Oficial del Estado” número 130, de 1 de junio de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la Resolución de 24 de enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 28, de 2
de febrero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en
particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
— Se llevarán a cabo todas las modificaciones al proyecto según las indicaciones de
los organismos, aceptadas por el promotor y reflejadas en el apartado descriptivo
y de localización del proyecto. Específicamente, se reduce la planta solar fotovoltaica Helena Solar 2, y las líneas de evacuación tendrán recorridos aéreo-soterrados, teniendo en cuenta las indicaciones dadas por la Dirección General de Medio
natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y por
la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid. Asimismo, las líneas de conexión entre Helena Solar 2 hasta conectar con
la SET Loberas, deberán ir soterradas (condiciones generales al proyecto).
— Se deberán eliminar los paneles que se encuentren a una distancia de menos de 1.000
metros de los nidos de águila imperial ibérica, y los que estén a menos de 1.500 metros podrán ocupar un máximo del 10 % de la superficie de su área de alimentación.
En cualquier caso, las superficies definitivas a ocupar por las plantas se consensuarán con el organismo competente de Castilla-La Mancha (condición ii.3).
— Habrá de retranquearse al menos 100 metros en las partes de las plantas colindantes
con algún corredor ecológico (condición ii.12).
BOCM-20241011-59
Dirección General de Política Energética y Minas