D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20241010-71)
Convenio – Convenio de 17 de septiembre de 2024, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S. A., sobre la compensación de los viajes realizados con abono transportes en la red de cercanías de Madrid y el establecimiento de la garantía de calidad del servicio
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 242
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 271
Decimoctava
Sustitución de convenios anteriores
Este Convenio representa el acuerdo de voluntad entre las partes en la fecha de su suscripción, sustituyendo y derogando a cualquier otro que pudiera haberse suscrito anteriormente entre éstas con el mismo objeto.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente Convenio de manera digital.
Madrid, a 17 de septiembre de 2024.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regionales de Madrid, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por Renfe Viajeros Sociedad
Mercantil Estatal, S. A., Raül Blanco Díaz.
ANEXO 1
ACTIVIDADES COMERCIALES COMPLEMENTARIAS
AL CONVENIO RENFE VIAJEROS-CONSORCIO
En el marco del presente acuerdo, Renfe Viajeros adquiere el compromiso de realizar
y participar en las actividades relacionadas con:
— La carga de los títulos de transporte propiedad del Consorcio que en cada momento se acuerden (inicialmente los Abonos Transportes) en las máquinas autoventa
situadas en las estaciones del núcleo de Cercanías de Madrid.
— La incorporación de los títulos propios de Renfe Viajeros (billetes sencillos y de
diez viajes) en las tarjetas del Consorcio, y de los títulos del Consorcio en las tarjetas de Renfe Viajeros.
— La inspección comercial de los usuarios de las Tarjetas Transporte Público.
— La información general de conjunto del sistema de transportes a todos los usuarios
de títulos de transporte del Consorcio.
— El alquiler de espacios de Renfe Viajeros para actividades propias del presente
convenio.
Con el objetivo de contribuir al desarrollo de la gestión de la Tarjeta de Transporte Público, y dentro del marco de colaboración con el Consorcio, Renfe Viajeros manifiesta su intención de desarrollar en sucesivas fases las acciones necesarias para incorporar en sus instalaciones la actividad de venta de la tarjeta y gestión de incidencias a los usuarios de la misma.
En el marco de este compromiso, en una primera fase, Renfe Viajeros facilitará las actividades alquilando los espacios necesarios para la prestación de este servicio por parte del
Consorcio, que asumirá los costes del personal, equipos y actuaciones necesarias en las instalaciones. Los términos concretos de este compromiso se desarrollarán en acuerdos expresos, sin menoscabo de que las fases posteriores se completen y estipulen complementariamente al presente documento.
Adicionalmente, y en el contexto de los compromisos acordados en el convenio entre el
Consorcio y Renfe Viajeros se contemplará la posibilidad de establecer acuerdos de arrendamiento de espacios y utilización de espacios de Renfe Viajeros como puntos de venta de tarjetas de transporte público y gestión de incidencias a usuarios por parte del Consorcio.
Todas las actividades contempladas en el presente acuerdo y que se describen con mayor detalle en los apartados siguientes, serán desarrollados según los requisitos técnicos y
especificaciones del denominado proyecto BIT, elaborados por el Consorcio, y a cuya documentación Renfe Viajeros tiene acceso.
Asimismo, todos los equipos y sistemas desarrollados deben ser homologados por el
Consorcio, a través del Centro de Desarrollo y Conformidad (en adelante CDC).
Asimismo, las inversiones en elementos hardware y software necesarios para llevar a
cabo las actividades señaladas serán a cargo de Renfe Viajeros, quien deberá también realizar las actualizaciones de versiones de las aplicaciones y mantenimiento de las mismas de
acuerdo los requerimientos del Consorcio con cargo a su presupuesto.
BOCM-20241010-71
1. Actividades a desarrollar
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 242
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 271
Decimoctava
Sustitución de convenios anteriores
Este Convenio representa el acuerdo de voluntad entre las partes en la fecha de su suscripción, sustituyendo y derogando a cualquier otro que pudiera haberse suscrito anteriormente entre éstas con el mismo objeto.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente Convenio de manera digital.
Madrid, a 17 de septiembre de 2024.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regionales de Madrid, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por Renfe Viajeros Sociedad
Mercantil Estatal, S. A., Raül Blanco Díaz.
ANEXO 1
ACTIVIDADES COMERCIALES COMPLEMENTARIAS
AL CONVENIO RENFE VIAJEROS-CONSORCIO
En el marco del presente acuerdo, Renfe Viajeros adquiere el compromiso de realizar
y participar en las actividades relacionadas con:
— La carga de los títulos de transporte propiedad del Consorcio que en cada momento se acuerden (inicialmente los Abonos Transportes) en las máquinas autoventa
situadas en las estaciones del núcleo de Cercanías de Madrid.
— La incorporación de los títulos propios de Renfe Viajeros (billetes sencillos y de
diez viajes) en las tarjetas del Consorcio, y de los títulos del Consorcio en las tarjetas de Renfe Viajeros.
— La inspección comercial de los usuarios de las Tarjetas Transporte Público.
— La información general de conjunto del sistema de transportes a todos los usuarios
de títulos de transporte del Consorcio.
— El alquiler de espacios de Renfe Viajeros para actividades propias del presente
convenio.
Con el objetivo de contribuir al desarrollo de la gestión de la Tarjeta de Transporte Público, y dentro del marco de colaboración con el Consorcio, Renfe Viajeros manifiesta su intención de desarrollar en sucesivas fases las acciones necesarias para incorporar en sus instalaciones la actividad de venta de la tarjeta y gestión de incidencias a los usuarios de la misma.
En el marco de este compromiso, en una primera fase, Renfe Viajeros facilitará las actividades alquilando los espacios necesarios para la prestación de este servicio por parte del
Consorcio, que asumirá los costes del personal, equipos y actuaciones necesarias en las instalaciones. Los términos concretos de este compromiso se desarrollarán en acuerdos expresos, sin menoscabo de que las fases posteriores se completen y estipulen complementariamente al presente documento.
Adicionalmente, y en el contexto de los compromisos acordados en el convenio entre el
Consorcio y Renfe Viajeros se contemplará la posibilidad de establecer acuerdos de arrendamiento de espacios y utilización de espacios de Renfe Viajeros como puntos de venta de tarjetas de transporte público y gestión de incidencias a usuarios por parte del Consorcio.
Todas las actividades contempladas en el presente acuerdo y que se describen con mayor detalle en los apartados siguientes, serán desarrollados según los requisitos técnicos y
especificaciones del denominado proyecto BIT, elaborados por el Consorcio, y a cuya documentación Renfe Viajeros tiene acceso.
Asimismo, todos los equipos y sistemas desarrollados deben ser homologados por el
Consorcio, a través del Centro de Desarrollo y Conformidad (en adelante CDC).
Asimismo, las inversiones en elementos hardware y software necesarios para llevar a
cabo las actividades señaladas serán a cargo de Renfe Viajeros, quien deberá también realizar las actualizaciones de versiones de las aplicaciones y mantenimiento de las mismas de
acuerdo los requerimientos del Consorcio con cargo a su presupuesto.
BOCM-20241010-71
1. Actividades a desarrollar