Tres Cantos (BOCM-20241009-73)
Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 9 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 241
En la fijación de las sanciones de multa se tendrá en cuenta que, en todo caso, la comisión de la infracción no resulte más beneficiosa para la persona infractora que el cumplimiento de las normas infringidas.
Los ingresos obtenidos de las sanciones irán destinados a financiar actuaciones orientadas a impulsar la movilidad sostenible de la localidad.
2.6. Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta Ordenanza entra en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID). La publicación se efectuará después su aprobación definitiva y el transcurso del plazo de 15 días hábiles previsto en el art. 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
2.7. Anexo I. Ámbito de la ZBE de Tres Cantos.
Para la Zona de Bajas Emisiones de Tres Cantos se plantean 7 áreas cuya superficie
global resulta ser de 9,24 ha, aproximadamente, de las cuales, 4,25 ha se corresponden con
la ZBE 1, y 4,99 ha con la ZBE 2.
Los ámbitos de aplicación de las ZBE se encuentran ubicados en los dos principales
centros urbanos atractores de movilidad en vehículo privado, y que mayor tráfico registran
en la ciudad. Están delimitados por las siguientes calles:
— ZBE 1 “Avenida de Colmenar Viejo”, cuyo ámbito de restricción a vehículos más
contaminantes afecta, estrictamente, a la vía que da su nombre (Avenida de Colmenar Viejo), comprendido en los siguientes tramos:
• Tramo 1. Avenida de los Encuartes-Avenida del Parque.
• Tramo 2. Avenida del Parque-C/ de la Maliciosa y C/de la Iglesia.
• Tramo 3. C/ de la Maliciosa y C/ de la Iglesia-Glorieta del Manzanares.
• Tramo 4. Glorieta del Manzanares-Avenida de los Artesanos.
— ZBE 2 “Avenida de Viñuelas”: cuyo ámbito de restricción a vehículos más contaminantes afecta, estrictamente, a la vía que da su nombre (Avenida de Viñuelas),
comprendido en los siguientes tramos:
• Tramo 1. Avenida del Parque-C/ del Bodonal y C/ del Bolillero.
• Tramo 2. C/ del Bodonal y C/ del Bolillero-C/ del Tagarral y C/ del Vado.
• Tramo 3. C/ del Tagarral y C/ del Vado-Avenida de los Artesanos.
BOCM-20241009-73
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 241
En la fijación de las sanciones de multa se tendrá en cuenta que, en todo caso, la comisión de la infracción no resulte más beneficiosa para la persona infractora que el cumplimiento de las normas infringidas.
Los ingresos obtenidos de las sanciones irán destinados a financiar actuaciones orientadas a impulsar la movilidad sostenible de la localidad.
2.6. Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta Ordenanza entra en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID). La publicación se efectuará después su aprobación definitiva y el transcurso del plazo de 15 días hábiles previsto en el art. 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
2.7. Anexo I. Ámbito de la ZBE de Tres Cantos.
Para la Zona de Bajas Emisiones de Tres Cantos se plantean 7 áreas cuya superficie
global resulta ser de 9,24 ha, aproximadamente, de las cuales, 4,25 ha se corresponden con
la ZBE 1, y 4,99 ha con la ZBE 2.
Los ámbitos de aplicación de las ZBE se encuentran ubicados en los dos principales
centros urbanos atractores de movilidad en vehículo privado, y que mayor tráfico registran
en la ciudad. Están delimitados por las siguientes calles:
— ZBE 1 “Avenida de Colmenar Viejo”, cuyo ámbito de restricción a vehículos más
contaminantes afecta, estrictamente, a la vía que da su nombre (Avenida de Colmenar Viejo), comprendido en los siguientes tramos:
• Tramo 1. Avenida de los Encuartes-Avenida del Parque.
• Tramo 2. Avenida del Parque-C/ de la Maliciosa y C/de la Iglesia.
• Tramo 3. C/ de la Maliciosa y C/ de la Iglesia-Glorieta del Manzanares.
• Tramo 4. Glorieta del Manzanares-Avenida de los Artesanos.
— ZBE 2 “Avenida de Viñuelas”: cuyo ámbito de restricción a vehículos más contaminantes afecta, estrictamente, a la vía que da su nombre (Avenida de Viñuelas),
comprendido en los siguientes tramos:
• Tramo 1. Avenida del Parque-C/ del Bodonal y C/ del Bolillero.
• Tramo 2. C/ del Bodonal y C/ del Bolillero-C/ del Tagarral y C/ del Vado.
• Tramo 3. C/ del Tagarral y C/ del Vado-Avenida de los Artesanos.
BOCM-20241009-73
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID