Villaviciosa de Odón (BOCM-20241009-78)
Organización y funcionamiento. Acuerdo personal funcionario
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 263

En el caso de la policía local, se considerarán festivos los turnos comprendidos desde
el turno de noche del viernes hasta el turno de tarde del domingo (ambos incluidos), teniendo el mismo criterio por turnos para la víspera de festivo nacional, autonómico o local.
El trabajador municipal que realice horas extraordinarias podrá optar entre su compensación económica o en tiempo de descanso a su elección, respetándose en todo caso los establecido en la normativa de aplicación.
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 39 “PREMIO ESPECIAL
DE FIDELIDAD Y SERVICIOS PRESTADOS”
Art. 39. Premio especial de fidelidad y servicios prestados.—A partir de los quince
años de servicio el funcionario municipal que se mantenga en situación de servicio activo
para este Ayuntamiento, se establece un beneficio social extraordinario que premie la
vinculación al Ayuntamiento y el reconocimiento a los servicios prestados. Este reconocimiento consistirá en el disfrute de 2 días hábiles más al año, ese año y en los años sucesivos,
a libre elección del trabajador, que podrán ser unidos al período vacacional.
Asimismo, se otorgará, en una sola ocasión al cumplimiento de los 25 años de servicio efectivo, por haber así demostrado una suficiente eficacia y rendimiento en el servicio,
una gratificación económica equivalente a 2.600 euros y la entrega de una placa o diploma
acreditativo por parte de la Corporación.
A los efectos anteriores, se computarán también como servicios efectivos los transcurridos en situación de incapacidad temporal o larga enfermedad y los prestados en cualesquiera otros organismos de las Administraciones Públicas.
Serán asimismo beneficiarios del premio el/la viudo/a (o, en su caso, los hijos que dependieran económicamente del empleado referido) en el supuesto de que el empleado premiado hubiese fallecido en situación activa.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, no se reconocerá la condición de beneficiario/a al cónyuge superviviente que, en virtud de sentencia firme, se encontrase separado/a o divorciado/a del causante.

Art. 40. Jubilación.—Ambas partes acuerdan la urgente necesidad de definir y acordar un instrumento de plan de pensiones, póliza de seguro o cualquier otro a fin de dar la
adecuada y legal cobertura a lo establecido en el anterior Acuerdo Colectivo para el personal funcionario (y su equivalente en el Convenio Colectivo para el personal laboral).
En todo caso, y mientras dicho sistema no se acuerde y aplique, se mantendrá a todos
los efectos lo que se determinaba en dicho artículo, a saber:
La jubilación forzosa de los funcionarios municipales se declarará de oficio al cumplir
los 65 años de edad, o la que señale en su caso la legislación vigente.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, tal declaración no se producirá hasta el
momento en que los funcionarios municipales cesen en la situación de servicio activo, en
aquellos supuestos en que voluntariamente prolonguen su permanencia en la misma hasta,
como máximo, los 70 años de edad.
Art. 24 bis. Evaluación de desempeño de carácter extraordinario.
Sin perjuicio de valorar periódicamente el desempeño de las funciones concernientes
a los empleados públicos, los funcionarios en servicio activo en este Ayuntamiento, que alcancen quince años de servicios efectivos en el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón y
soliciten la jubilación en los términos legales dentro del ejercicio presupuestario, excluyendo los períodos de excedencia voluntaria, por interés particular, suspensión firme de funciones, servicios especiales o los reconocidos en otras Administraciones Públicas, podrán
percibir, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, por una sola vez y dependiendo de tiempo desempeñado, una de las cuantías relacionadas a continuación, en los
supuestos y términos establecidos en el presente artículo, siempre que no hayan sido objeto de sanción penal o disciplinaria de carácter muy grave, salvo que hayan sido canceladas.
A tal fin será necesario la emisión de un informe preceptivo por el responsable que corresponda, en el que se valorará el rendimiento, dedicación, la iniciativa y esfuerzo, demostrado a lo largo de este período, debiendo aplicarse los sistemas de evaluación del desempeño en el momento en que sean implantados en este ayuntamiento.

BOCM-20241009-78

MODIFICACIÓN ARTÍCULOS 40 Y 24 BIS RELATIVOS A LA “EVALUACIÓN
DE DESEMPEÑO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO”