Cobeña (BOCM-20241008-46)
Régimen económico. Ordenanza gestión residuos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 240

MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 159

TARIFAS

1

2

DESCRIPCIÓN
RESIDENCIAL (viviendas)

LOCALES COMERCIALES INACTIVOS



TASA

HASTA 100 METROS

80,00 €

HASTA 200 METROS

120,00 €

HASTA 300 METROS

160,00 €

HASTA 400 METROS

200,00 €

HASTA 500 METROS

240,00 €

MÁS DE 500 METROS

280,00 €

HASTA 100 METROS

20,00 €

HASTA 200 METROS

30,00 €

MÁS DE 200 METROS

70,00 €

3

USOS PRIVADOS (almacen, trastero
o aparcamiento no anejo a la vivienda)

TODOS

20,00 €

4

SOLARES SIN EDIFICAR

HASTA 100 METROS

20,00 €

HASTA 200 METROS

30,00 €

HASTA 300 METROS

40,00 €

HASTA 400 METROS

50,00 €

HASTA 500 METROS

60,00 €

5

USO DEPORTIVO (Comunidades Propietarios)

HASTA 1000 METROS

80,00 €

HASTA 2000 METROS

100,00 €

HASTA 3000 METROS

120,00 €

HASTA 4000 METROS

140,00 €

MÁS DE 4000 METROS

160,00 €

HASTA 100 METROS

20,00 €

HASTA 200 METROS

30,00 €

HASTA 300 METROS

40,00 €

HASTA 400 METROS

50,00 €

HASTA 500 METROS

60,00 €

HASTA 1000 METROS

80,00 €

HASTA 2000 METROS

100,00 €

MÁS DE 2000 METROS

120,00 €

6

DESPACHOS PROFESIONALES
(Activ. IAE secciones 2ª y 3ª)

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 90,00 €

7

RESIDENCIAS

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 250,00 €

8

HOTELES Y HOSTALES

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 150,00 €

9

EDUCATIVO (Colegios, academias..)

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 100,00 €

10

COMERCIO MIXTO O INTEGRADO Grandes almacenes
(Act. IAE S.1 Gr 661)

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 200,00 €

11

ALIMENTACIÓN: carnicerias, pescaderias, fruterias,
panaderias, etc..) IAE Sec 1 Gr 662

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 150,00 €

12

RESTAURANTES (Actv. IAE Sección1 Grupo 671)

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFIIENTE X 300,00 €

13

CAFETERIAS, BARES Y PUBS
(Actv. IAE Sección 1Grupo 672 y 673)

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 150,00 €

14

SERVICIOS PERSONALES, ASISTENCIALES
Agrupaciones 94, 96 y 97 IAE

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 100,00 €

15

RESTO DE COMERCIO MENOR

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 120,00 €

16

CENTROS OFICIALES, PÚBLICOS Y RELIGIOSOS

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 90,00 €

17

TALLERES (Actv. IAE Secc 691,2 y 692)

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 100,00 €

18

INDUSTRIA ubicada en Polígono Industrial:
fabricación, comercialización, distribución,
logística, servicios, etc..

SEGÚN TABLA COEFICIENTES

COEFICIENTE X 100,00 €

La superficie a computar en los diversos epígrafes será la que figure en la Dirección
General de Catastro a efectos del catastro inmobiliario y según el uso en él descrito.
Los establecimientos comerciales, industriales o fabriles y los locales no sujetos o
exentos de pago en el Impuesto sobre Actividades Económicas no comprendidos en el mencionado cuadro de tarifas tributarán por el que de alguna forma, por su similitud, resulte más
adecuado mediante resolución motivada de la Concejalía delegada del Área de Gobierno de
Hacienda.
En el caso de que un bien inmueble tenga asignados distintos tipos de uso a efectos del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles, para el cálculo de la cuota tributaria se considerará el
tipo de uso principal, entendiendo por tal el que tenga atribuida una mayor superficie.
En los apartados 6 a 18 anteriores se diferenciarán las cuotas según los tramos de superficie catastral siguientes mediante la aplicación de coeficientes sobre las cuotas bases:

BOCM-20241008-46

TARIFA Nº