C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241008-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia, para los ejercicios 2024, 2025 y 2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 240

MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 69

4. Fuentes de financiación.
En el ejercicio 2024, las subvenciones se imputarán al subconcepto 45006 "Compensación por
reducción de tasas universitarias" del programa 322C "Universidades", consignado en la Ley
15/2023, de 27 de diciembre, y en la normativa presupuestaria vigente en los ejercicios 2025 y 2026,
condicionado todo ello a la existencia de disponibilidad presupuestaria y a la pertinente autorización
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
5. Plazo de ejecución.
Las líneas de actuación previstas se ejecutarán conforme al siguiente calendario académico:




2024-2025
2025-2026
2026-2027

La ejecución de las actuaciones comprenderá los ejercicios presupuestarios de 2024, 2025, 2026.
6. Indicadores.
Se establecen los siguientes indicadores para comprobar el grado de ejecución de la financiación a
las universidades públicas para compensar la bajada en la recaudación por matrícula en las
enseñanzas oficiales de grado y de máster universitario habilitante, derivada de la aplicación del
Decreto 43/2022, de 29 de junio:



Número de estudiantes beneficiarios por la reducción en los precios públicos de las enseñanzas
de grado y máster universitario habilitante.
Cantidad ejecutada por cada una de las universidades.

7. Sistemas de evaluación.
La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores que se han descrito en el
apartado anterior. Al inicio de cada actuación se evaluarán los datos obtenidos en ejercicios
anteriores con todas las incidencias relevantes que hayan acontecido en su desarrollo, a los efectos
de verificar la correcta evolución del Plan Estratégico y, en su caso, proceder a realizar las
modificaciones necesarias.
8. Medidas Correctoras.
La dirección general competente en materia de Universidades actuará como órgano gestor de la
línea de ayudas y analizará los resultados obtenidos, generará premisas e hipótesis de trabajo que,
posteriormente, sirvan para formular medidas de actuación y mejora de las futuras actuaciones, que
permitan garantizar la optimización del uso de los fondos públicos.
9. Línea de Actuación.
Los objetivos, universidades a las que se dirigen las compensaciones, áreas de competencia
afectadas, plazos de ejecución de las compensaciones y efectos que se persigue conseguir son los
que se indican a continuación:

Objeto

Compensación a las universidades públicas por el descenso de recaudación por matrícula en las enseñanzas
oficiales de grado y de máster universitario habilitante, derivada de la aplicación del Decreto 43/2022, de 29 de junio.

Beneficiarios

Universidades públicas de Madrid, por la reducción practicada a sus estudiantes de grado y máster en los precios
de las enseñanzas.

Conceptos susceptibles
de ayuda

Compensación por la reducción en la recaudación obtenida por el cobro de la matrícula en estudios conducentes a
la obtención de títulos de grado y de máster universitario habilitante.

Plazo de ejecución

Ejercicios presupuestarios 2024, 2025 y 2026.

Procedimiento de concesión

Concesión directa mediante orden.

Costes presupuestarios
previsibles

Año 2024- 43.691.376,14 euros.
Año 2025- 43.691.376,14 euros.
Año 2026- 43.691.376,14 euros.

Fuente financiación

Presupuesto de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024 y siguientes. Subconcepto 45006.

Seguimiento y control

Dirección general con competencias en materia de Universidades.

Indicadores

-

Número de alumnos beneficiarios de la reducción de precios.
Cantidad ejecutada por cada una de las universidades.

BOCM-20241008-15

COMPENSACIÓN A LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS POR EL DESCENSO DE RECAUDACIÓN POR
ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO Y DE MÁSTER UNIVERSITARIO HABILITANTE.

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