Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241007-52)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 239

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024

trámite administrativo durante el cual han tenido lugar, informando, en ese sentido que el
proyecto ha sido objeto de Declaración de Impacto Ambiental. Además, el promotor informa sobre el desarrollo del proyecto cuyo planteamiento ha perseguido siempre la mínima
afección a estos cultivos, recalcando la aceptación por parte de los agricultores de la zona
para cesar la actividad actual y dotar al terreno de una nueva productividad. Asimismo, concluye manifestando la intención de mantener un diálogo con el organismo para concretar
medidas que permitan compatibilizar ambas actividades. Se da traslado al organismo, el
cual no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, donde manifiesta que el proyecto puede afectar a las cuadrículas mineras denominadas: Silvia - Sección C - número 3423-010, situada en los términos municipales de Chinchón, Colmenar de
Oreja, Belmonte de Tajo, Villarejo de Salvanés, y Villamanrique de Tajo, propiedad de Saint
Gobain Placo Ibérica, S. A.; Las Margaritas - Sección C - número 3145-011, situada en el término municipal de Colmenar de Oreja, propiedad de Diafer, S. A.; Jarama Fracción II - Sección C - número 2859-012, situada en los términos municipales de Chinchón y Villaconejos, propiedad de Sulquisa, S. A.; Jarama - Sección C - número 2859-010, situada en los
términos municipales de Chinchón y Villaconejos, propiedad de Sulquisa, S. A.; Morata
Valderribas - Sección C - número 2809-001, situada en los términos municipales de Arganda del Rey, San Martín de la Vega y Morata de Tajuña, propiedad de Cementos Portland
Valderribas, S. L.; Morata II - Fracción 1.a - Sección C - número 2756-002, situada en los términos municipales de Arganda del Rey, Campo Real, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña,
propiedad de Cementos Portland Valderribas, S. L.; Preresa - Sección C - número 2755-001, situada en los términos municipales de Arganda del Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña, propiedad de Materiales y Hormigones, S. L.; y Morata - Sección C - número 2752-011,
situada en los términos municipales de Arganda del Rey, San Martín de la Vega y Morata
de Tajuña, propiedad de Cementos Portland Valderribas, S. L. Se ha dado traslado al promotor, quien manifiesta que del listado contemplado solo hay afección a las concesiones
cuyo titular es Cementos Portland Valderrivas, SA, con quien ya se dispone de un acuerdo
firmado para la compatibilización de las infraestructuras de ambas partes. Se da traslado al
organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4, 131.4 y 147.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
En relación con la afección a los derechos mineros citados, a raíz de las negociaciones con
Cementos Portland Valderrivas, se ha llegado a acuerdo entre los titulares fechado el 22 de julio de 2022, donde entre otras cláusulas, el promotor se compromete a modificar varias infraestructuras fuera del alcance de este expediente para no generar afecciones a Cementos
Portland Valderrivas, en particular, modificaciones a los parques solares Goleta Solar y Cerezo Solar y a la línea de evacuación Atanzón - Ardoz.
Preguntados el Ayuntamiento de Chinchón, el Ayuntamiento de Morata de Tajuña, Cementos Portland Valderribas, S. A., la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto
en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 19 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, el 27 de junio de 2023
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 17 de junio de 2023 en el diario “ABC” y con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos
de Chinchón (16 de junio de 2023) y Morata de Tajuña (19 de junio de 2023). Se han recibido alegaciones, que han sido contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Envatios Fuencarral, S. L., Envatios Promoción XIX, S. L.,
y Envatios Promoción XXIV, S. L., donde muestran su oposición y ponen de manifiesto
que proyectan varias plantas fotovoltaicas ubicadas en Toledo y Madrid que resultan afectadas por el proyecto que comprende este expediente, y que vierten en los nudos Fuencarral 220 kV y Fuencarral 400 kV. Los proyectos que promueven Envatios Fuencarral, S. L.,
Envatios Promoción XIX, S. L., y Envatios Promoción XXIV, S. L., y, cuyos códigos de
tramitación ante la Administración General del Estado (AGE) son SGEE/PFot-549,
SGEE/PFot-550, SGEE/PFot-510, SGEE/PFot-510, y SGEE/PFot-510, se denominan: Envatios XXII-Fase II, Los Pradillos, Envatios XXIV-Fase I, Envatios XXIV-Fase II, y Envatios XXIV-Fase III. Entre las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este expediente se incluye la línea de evacuación a 132 kV y 220 kV “SET Mauricio - SET

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