C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241005-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Sociedad Operadora Hospital del Norte-Hospital Infanta Sofía (código número 28015062012009)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 238

SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024

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acuerdos y dictámenes que adopte la comisión excediéndose del ámbito de competencias que la
reconoce el presente convenio.
13. Los acuerdos válidamente adoptados, así como los dictámenes interpretativos, se incorporarán
en forma de anexos correlativos al convenio y se harán públicos cuando afecten a cuestiones de
interés general para las personas trabajadoras de Sociedad Operadora Hospital del Norte.
14. La comisión paritaria para el ejercicio de sus funciones podrá recabar la información que resulte
precisa. Los/as miembros de la comisión paritaria estarán obligados por el deber de sigilo sobre los
datos y asuntos que conozcan en su condición de miembros de ésta.
15. La dirección de Sociedad Operadora Hospital del Norte facilitará locales para las reuniones de la
comisión paritaria, uso que en ningún caso tendrá carácter exclusivo.
16. Antes de acudir a la vía judicial, ambas partes quedarán obligadas a intentar una solución
extrajudicial del conflicto, sometiéndose al procedimiento de mediación establecido en el Acuerdo
Interprofesional sobre la Creación del Sistema de Solución Extrajudicial de Conflictos y del Instituto
Laboral de la Comunidad de Madrid.

Capítulo 3
Clasificación profesional

Art. 9. Clasificación profesional. — La clasificación del personal se basa en dos grupos profesionales,
que agrupa unitariamente a los y las profesionales en los que se integran las categorías.
Grupos Profesionales
Grupo A
(a) Coordinador TIGA
(b) TIGA Celador Asistencial
(c) TIGA Almacén
(d) TIGA Residuos
(e) Auxiliar de Esterilización.
Grupo B
(f)

Coordinador Administrativo

(g) Auxiliar Administrativo (+10)
(h) Auxiliar Administrativo
Funciones:
Las funciones de cada categoría profesional serán las recogidas a tal efecto y para cada una de ellas
en los Pliegos de Prescripciones Técnicas que rigen las obligaciones de Sociedad Operadora Hospital
del Norte en su prestación de servicios para la gestión del Hospital Universitario Infanta Sofía.

Capítulo 4

Art. 10. Organización del trabajo. – La organización del trabajo es facultad de la dirección de
Sociedad Operadora Hospital del Norte, quien establecerá los sistemas de organización,
racionalización y modernización que considere adecuados, así como la estructuración de los
servicios, unidades o áreas de toda la organización, lo establecido en el presente convenio colectivo
y cuantas disposiciones legales resulten de aplicación, informando al comité de empresa de acuerdo
con lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.
Cuando las medidas organizativas supongan una modificación de las condiciones de trabajo se
actuará de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.

BOCM-20241005-1

Organización y Dirección del Trabajo