C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241005-1)
Convenio colectivo – Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Sociedad Operadora Hospital del Norte-Hospital Infanta Sofía (código número 28015062012009)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 15
No obstante, cuando el/la trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida
oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá
hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general,
y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.
3. Asimismo, podrán solicitar su paso a la situación de excedencia en la empresa las personas
trabajadoras que ejerzan funciones sindicales de ámbito provincial o superior mientras dure el
ejercicio de su cargo representativo.
4. El/la trabajador/a excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes
de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
5. En las excedencias pactadas se estará a lo que establezcan las partes.
6. En situaciones extraordinarias por motivos personales, las personas trabajadoras con al menos
un año de antigüedad en la empresa podrán solicitar a la dirección la concesión de un permiso
no retribuido máximo de 15 días ininterrumpidos en el año; teniendo en cuenta el carácter
extraordinario se valorará por parte de la empresa con el conocimiento del comité de empresa
el poder solicitarse en años consecutivos. Si dos o más trabajadores/as de cada grupo
profesional de Sociedad Operadora Hospital del Norte solicitaran este disfrute, la empresa
podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de organización.
7. Se establece una excedencia especial para el personal con contrato indefinido de al menos un
año, para la realización de estudios de nivel ESO, FP, Bachillerato o Grado medio o superior o
estudios universitarios. La duración de esta excedencia no podrá ser inferior a 4 meses ni
superior a 1 año, prorrogable a petición de la persona interesada. Esta excedencia no
computará a efectos de antigüedad y la persona que se acoja a ella tendrá derecho a reserva
del puesto de trabajo durante su totalidad sin cobertura de vacante salvo por contrato de
interinidad.
El personal deberá aportar documentación que acredite la realización de dichos estudios,
donde se certifique que existe un buen aprovechamiento del mismo, en caso contrario perderá
el derecho de reserva del puesto de trabajo. Asimismo, presentará un informe de vida laboral
actualizado en el que conste que no ha realizado ningún trabajo en el periodo de excedencia,
en caso contrario perderá el derecho de reserva del puesto de trabajo, considerándose una
excedencia voluntaria sin reserva de puesto de trabajo y a los efectos de lo establecido en el
Estatuto de los trabajadores.
Capítulo 8
Retribuciones
Art. 29. Estructura retributiva. – El sistema retributivo de Sociedad Operadora Hospital del Norte
persigue una política salarial justa y equitativa que compense el valor añadido a la organización de
cada profesional, siendo un medio para alcanzar los objetivos estratégicos de la organización.
La estructura salarial que se fija en el presente convenio sustituye en su integridad a la estructura y
conceptos retributivos que se vengan aplicando hasta el momento de su entrada en vigor.
El salario de las personas trabajadoras del grupo A de Sociedad Operadora Hospital del Norte
para 2024 experimentará un incremento bruto de un 4%, con respecto al año 2023, tal y como
se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto para 2025 sobre 2024 de un 2% siempre que
el IPC no supere el 2,49%, si el IPC supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC nacional, tal y
como se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto para 2026 sobre 2025 de un 2% siempre
que el IPC no supere el 2,49%, si el IPC supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC nacional, tal
y como se detalla en la tabla adjunta. Y un incremento bruto para 2027 sobre 2026 de un 2%
siempre que el IPC no supere el 2,49%, si el IPC supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC
nacional, tal y como se detalla en la tabla adjunta.
El salario de las personas trabajadoras del grupo B de Sociedad Operadora Hospital del Norte
para 2024 experimentará un incremento bruto de un 4% en la categoría (h) un 6% en la categoría
(f) y (g), con respecto a 2023, tal y como se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto para
2025 sobre 2024 de un 2% en la categoría (h) siempre que el IPC no supere el 2,49%, si el IPC
supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC nacional y un incremento bruto para 2025 sobre 2024
de un 7% en las categorías (f) y (g), tal y como se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto
BOCM-20241005-1
Los incrementos salariales establecidos para los años 2024-2027 son los siguientes:
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 15
No obstante, cuando el/la trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida
oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá
hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general,
y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.
3. Asimismo, podrán solicitar su paso a la situación de excedencia en la empresa las personas
trabajadoras que ejerzan funciones sindicales de ámbito provincial o superior mientras dure el
ejercicio de su cargo representativo.
4. El/la trabajador/a excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes
de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
5. En las excedencias pactadas se estará a lo que establezcan las partes.
6. En situaciones extraordinarias por motivos personales, las personas trabajadoras con al menos
un año de antigüedad en la empresa podrán solicitar a la dirección la concesión de un permiso
no retribuido máximo de 15 días ininterrumpidos en el año; teniendo en cuenta el carácter
extraordinario se valorará por parte de la empresa con el conocimiento del comité de empresa
el poder solicitarse en años consecutivos. Si dos o más trabajadores/as de cada grupo
profesional de Sociedad Operadora Hospital del Norte solicitaran este disfrute, la empresa
podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de organización.
7. Se establece una excedencia especial para el personal con contrato indefinido de al menos un
año, para la realización de estudios de nivel ESO, FP, Bachillerato o Grado medio o superior o
estudios universitarios. La duración de esta excedencia no podrá ser inferior a 4 meses ni
superior a 1 año, prorrogable a petición de la persona interesada. Esta excedencia no
computará a efectos de antigüedad y la persona que se acoja a ella tendrá derecho a reserva
del puesto de trabajo durante su totalidad sin cobertura de vacante salvo por contrato de
interinidad.
El personal deberá aportar documentación que acredite la realización de dichos estudios,
donde se certifique que existe un buen aprovechamiento del mismo, en caso contrario perderá
el derecho de reserva del puesto de trabajo. Asimismo, presentará un informe de vida laboral
actualizado en el que conste que no ha realizado ningún trabajo en el periodo de excedencia,
en caso contrario perderá el derecho de reserva del puesto de trabajo, considerándose una
excedencia voluntaria sin reserva de puesto de trabajo y a los efectos de lo establecido en el
Estatuto de los trabajadores.
Capítulo 8
Retribuciones
Art. 29. Estructura retributiva. – El sistema retributivo de Sociedad Operadora Hospital del Norte
persigue una política salarial justa y equitativa que compense el valor añadido a la organización de
cada profesional, siendo un medio para alcanzar los objetivos estratégicos de la organización.
La estructura salarial que se fija en el presente convenio sustituye en su integridad a la estructura y
conceptos retributivos que se vengan aplicando hasta el momento de su entrada en vigor.
El salario de las personas trabajadoras del grupo A de Sociedad Operadora Hospital del Norte
para 2024 experimentará un incremento bruto de un 4%, con respecto al año 2023, tal y como
se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto para 2025 sobre 2024 de un 2% siempre que
el IPC no supere el 2,49%, si el IPC supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC nacional, tal y
como se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto para 2026 sobre 2025 de un 2% siempre
que el IPC no supere el 2,49%, si el IPC supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC nacional, tal
y como se detalla en la tabla adjunta. Y un incremento bruto para 2027 sobre 2026 de un 2%
siempre que el IPC no supere el 2,49%, si el IPC supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC
nacional, tal y como se detalla en la tabla adjunta.
El salario de las personas trabajadoras del grupo B de Sociedad Operadora Hospital del Norte
para 2024 experimentará un incremento bruto de un 4% en la categoría (h) un 6% en la categoría
(f) y (g), con respecto a 2023, tal y como se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto para
2025 sobre 2024 de un 2% en la categoría (h) siempre que el IPC no supere el 2,49%, si el IPC
supera el 2,5% se aplicará el 80% de IPC nacional y un incremento bruto para 2025 sobre 2024
de un 7% en las categorías (f) y (g), tal y como se detalla en la tabla adjunta. Un incremento bruto
BOCM-20241005-1
Los incrementos salariales establecidos para los años 2024-2027 son los siguientes: