Morata de Tajuña (BOCM-20241004-73)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 237

riamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Los fundamentos para la elección de concurso/oposición en turno libre son:
— Asegurarse la transparencia en la selección, los méritos se evalúan de manera objetiva, minimizando el riesgo de favoritismos o influencias externas.
— Utilizar un proceso competitivo que impulsa a los aspirantes a mejorar sus capacidades y a prepararse, lo que contribuye a un personal más capacitado y motivado.
— Combinar la evaluación de méritos (concurso) con la realización de pruebas específicas (oposición) para conseguir una valoración más completa del candidato.
— Contribuir a que los mejores candidatos, tanto en términos de formación como de
experiencia sean quienes ocupen los puestos, lo que es fundamental para garantizar la calidad de los servicios públicos.
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal de Selección que ha de
juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas. Sólo podrán ser modificadas con sujeción estricta a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.a

Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria,
Formación Profesional Básica o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de este.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Todos los requisitos deberán poseerse por los aspirantes en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes o instancias, y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Presentación de instancias

Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud previsto en el anexo I de estas bases, que se encuentra a disposición de
los/as interesados/as en el Registro General del Ayuntamiento y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Morata de Tajuña https://ayuntamientodemorata.sedelectronica.es . La
solicitud se dirigirá cumplimentada al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Morata de
Tajuña.
La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

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5.a