Morata de Tajuña (BOCM-20241004-73)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 237

ta la mayor puntuación en el baremo de méritos por el orden en que estos aparezcan en la
convocatoria.
De persistir el empate este se solventará por orden alfabético del primer apellido de
los/las aspirantes empatados/as, de conformidad con la letra que determine el sorteo anual
realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
A propuesta del tribunal calificador, el alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes que superan el proceso selectivo, en la que se indicará el
número de orden obtenido de acuerdo con la puntuación total alcanzada, con indicación de
las notas parciales de cada uno de los ejercicios, y la calificación obtenida en el concurso
con indicación de los puntos alcanzados en cada uno de sus apartados. no pudiendo aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al
de plazas convocadas. La resolución se hará pública a través del Tablón de Anuncios de la
Corporación y en la página web municipal.
Contra la Resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes que superan el proceso selectivo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación.
Presentación de documentos y nombramiento como funcionario/a de carrera

Una vez finalizado el proceso selectivo, los/las aspirantes propuestos/as, con carácter
previo a su nombramiento e incorporación, quedarán obligados a presentar al Departamento de Personal, para su compulsa, los siguientes documentos originales:
a) Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte.
b) Titulación exigida en la base 4.a, “Requisitos de los aspirantes”.
c) Declaración responsable de no haber sido separado del servicio de cualquier
Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública (anexo V).
d) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas,
mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en la Dirección de Área
de Recursos Humanos.
e) Certificado médico de poseer capacidad funcional para desempeñar las tareas encomendadas.
El plazo de presentación de los documentos será como máximo de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del candidato propuesto por el tribunal, en el tablón
de anuncios de este Ayuntamiento y en la web municipal www.ayuntamientodemorata.com
Salvo causa de fuerza mayor, si dentro del plazo indicado no se presentara la documentación, o presentada esta, resultara que no se reúnen los requisitos y condiciones exigidos
en la convocatoria, no se podrá llevar a cabo el nombramiento, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En tal caso, se requerirá del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionario/a de carrera.
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se procederá al nombramiento como funcionario/a de carrera del aspirante propuesto/a. El/La candidato/a que resulte nombrado/a deberá incorporarse dentro del plazo de un mes a partir de
la notificación del nombramiento, a efectos de tomar posesión del puesto. En caso de no hacerlo sin causa justificada, decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido, pudiendo
ser llamados por orden de puntuación los siguientes candidatos que hubieran superado todas las pruebas del proceso selectivo.
Con el fin de asegurar la cobertura de la plaza convocada, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento como funcionarios de ca-

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