A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241003-1)
Regulación competencia digital –  Decreto 94/2024, de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE OCTUBRE DE 2024

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DISPONE
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
Objeto
El presente decreto tiene por objeto establecer los principios y características esenciales a los que se ha de ajustar el procedimiento de acreditación de la competencia digital docente del personal docente de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, así como su validez y eficacia.
Artículo 2
Ámbito de aplicación
Los principios y características esenciales del procedimiento de acreditación de la
competencia digital docente, así como los requisitos y efectos establecidos en el presente
decreto, tienen alcance y validez en la Comunidad de Madrid.
Artículo 3
Reconocimiento y equivalencia
La Comunidad de Madrid considera equivalentes y reconoce como tales las acreditaciones de competencia digital docente efectuadas por otras administraciones educativas autonómicas que estén basadas en la normativa nacional vigente dispuesta al efecto y los
acuerdos adoptados en esta materia por la Conferencia Sectorial de Educación, así como los
efectos sobre el desarrollo profesional que de ellos pudieran derivarse.
Artículo 4
A los efectos del presente decreto, se entenderá por:
a) Competencia digital docente: integración de conocimientos, destrezas, habilidades y actitudes que han de ponerse simultáneamente en juego para desempeñar la
acción docente implementando las tecnologías digitales para dar respuesta a los
problemas e imprevistos que pudieran presentarse en una situación profesional
singular concreta.
b) Procedimiento de acreditación y reconocimiento de la competencia digital docente: conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer esta competencia adquirida a través de la formación académica, la realización de pruebas específicas,
la observación del desempeño, o el análisis y validación de evidencias en materia
digital docente.
c) Guía de evaluación pública de la Comunidad de Madrid: documento elaborado y
actualizado periódicamente por la Comunidad de Madrid que muestra los aspectos esenciales de dirección y orientación en el proceso acreditador de la competencia digital docente.
d) Nivel de competencia digital docente: grado de desarrollo de la competencia digital docente alcanzado en cada una de las etapas aplicando para su descripción los
criterios generales establecidos en el marco de referencia de la competencia digital docente.
e) Área: en materia de competencia digital docente, es el conjunto de competencias
profesionales y pedagógicas de los educadores en materia de digitalización.
f) Competencia: en el ámbito de la competencia digital docente, es la unidad en la
que se subdivide cada una de las áreas. Establece la aptitud o idoneidad de un docente para desarrollar su carrera profesionalmente dentro de cada una de las áreas
del marco de referencia de la competencia digital docente. Dicho marco prevé
veintitrés competencias distribuidas en las seis áreas ya referidas.
g) Etapas de progresión: unidad en que, en coherencia con el marco de referencia de
la competencia digital docente, puede dividirse una competencia. Ésta, a su vez,
puede ser divisible en niveles de progresión, cuya superación conjunta garantiza

BOCM-20241003-1

Definiciones