C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241003-24)
Bases subvenciones –  Orden de 1 de octubre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 236

los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7.1, 17.1, 18.1 y 20 a 25, excepto el artículo 23.3, 4 y 5, de
la citada Orden TES/864/2023, de 21 de julio, siendo las restantes bases supletorias en
aquellas comunidades que aprueben sus propias bases.
De acuerdo con lo anterior, esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades en el ámbito
de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 2
Objeto de las subvenciones y ámbito de aplicación
1. Estas subvenciones cuya convocatoria es competencia de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo tienen por objeto la realización de actividades destinadas a promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las
pequeñas empresas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Las convocatorias de subvenciones podrán prever la realización de acciones sectoriales o intersectoriales a realizar en el período que aquéllas determinen.
2. Estas subvenciones se articularán de acuerdo con los principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como con los principios de eficacia y eficiencia de su gestión.
3. La financiación de estas acciones se efectúa por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, mediante transferencias de carácter finalista y los créditos recibidos se rigen
por lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
4. Las líneas prioritarias de actuación a desarrollar, conforme a lo establecido en la
Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (EESST) 2023-2027, son las recogidas dentro de los Objetivos estratégicos en la misma, que se reflejan a continuación:
a) Mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
priorizando reducir los daños en la salud de las personas trabajadoras.
b) Gestionar los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo,
los cambios demográfico y climático desde la óptica preventiva, priorizando anticiparse y gestionar los riesgos nuevos y emergentes.
c) Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes priorizando integrar la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas promoviendo una mayor
implicación de recursos propios.
d) Reforzar la protección de las personas trabajadoras en situación de mayor riesgo o
vulnerabilidad.
e) Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
f) Fortalecer el Sistema Nacional de Seguridad y Salud para afrontar con éxito futuras crisis, a través de la mejora de la capacitación y formación en prevención de
riesgos laborales, con especial atención a los recursos preventivos.
Artículo 3
A las subvenciones concedidas de acuerdo con lo previsto en estas bases les serán de
aplicación la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y los Estatutos de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, FSP (en adelante, FEPRL); el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno; la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
así como, supletoriamente, las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Así mismo será de aplicación la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como la Orden TES/864/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8
de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

BOCM-20241003-24

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