B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE (BOCM-20241001-21)
Convocatoria puesto – Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Getafe del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Angiología y Cirugía Vascular en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 234
jeros con programa acreditado para la docencia de postgraduados por
el departamento ministerial competente: 0,05 puntos.
3.1.11. Por cada mes de servicios prestados en otras especialidades médicas con
independencia de su modalidad de prestación de servicios de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo: 0,025 puntos.
3.1.12. Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra categoría de las
incluidas en el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo o no Sanitario: 0,015 puntos.
Los períodos valorables por cada uno de estos apartados no podrán ser nunca
coincidentes en el tiempo.
3.2. Participación en comisiones clínicas (máximo: 5 puntos):
3.2.1. Por participación en Comisiones Clínicas constituidas al amparo del
Real Decreto 521/1987 de 15 de abril, como miembro designado, por
cada año completo de actividad, con un mínimo de asistencia documentada de cuatro reuniones al año, valorándose como máximo, la participación simultánea en dos comisiones: 0,25 puntos.
3.3. Actividad docente (máximo: 5 puntos):
3.3.1. Por impartir docencia a postgraduados en centros acreditados para la docencia, hasta un máximo de 2 puntos. Por cada año: 0,2 puntos.
3.3.2. Por impartir docencia a pregraduados en Hospitales Universitarios, hasta un máximo de 2 puntos.
Por cada año:
— Profesor titular: 0,3 puntos.
— Profesor asociado: 0,2 puntos.
— Profesor honorario: 0,1 puntos.
3.3.3. Por ejercer la tutoría de la especialidad, hasta un máximo de 1 punto por
cada año: 0,2 puntos.
4. Actividad investigadora (máximo: 10 puntos):
4.1. Por cada participación, como investigador, en proyectos de investigación subvencionados por Instituciones Públicas, hasta un máximo de 3 puntos:
a) Investigador principal: 0,5 puntos.
b) Otro investigador: 0,2 puntos.
4.2. Por dirección de Tesis Doctorales, hasta un máximo de 1 punto: 0,2 puntos.
4.3. Por trabajos científicos y de investigación publicados, siempre directamente relacionados con la especialidad a la que se concursa o la Gestión Sanitaria, de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración, hasta un máximo de 6 puntos:
La siguiente puntuación se refiere para primer firmante. A partir del segundo firmante se puntuará el 50 %:
4.3.1. Comunicaciones aceptadas a congresos, jornadas o seminarios:
— Nacionales: 0,05 puntos.
— Internacionales: 0,1 puntos.
4.3.2. Ponencias a congresos, jornadas o seminarios:
— Nacionales: 0,2 puntos.
— Internacionales: 0,4 puntos.
4.3.3. Publicaciones periódicas:
— Revista no indizada en la base de datos internacional Medline: 0,25.
— Revista indizada en la base de datos internacional Medline: 0,50.
— Revista con Factor de Impacto: El factor de impacto.
No se admitirán resúmenes o “abstracts” como publicaciones.
4.3.4. Libros o capítulos:
— Capítulo de libro (libro con ISBN): 0,60.
— Libro completo (libro con ISBN): 2,00.
No se valorarán más de tres capítulos de un mismo libro.
BOCM-20241001-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 234
jeros con programa acreditado para la docencia de postgraduados por
el departamento ministerial competente: 0,05 puntos.
3.1.11. Por cada mes de servicios prestados en otras especialidades médicas con
independencia de su modalidad de prestación de servicios de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo: 0,025 puntos.
3.1.12. Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra categoría de las
incluidas en el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo o no Sanitario: 0,015 puntos.
Los períodos valorables por cada uno de estos apartados no podrán ser nunca
coincidentes en el tiempo.
3.2. Participación en comisiones clínicas (máximo: 5 puntos):
3.2.1. Por participación en Comisiones Clínicas constituidas al amparo del
Real Decreto 521/1987 de 15 de abril, como miembro designado, por
cada año completo de actividad, con un mínimo de asistencia documentada de cuatro reuniones al año, valorándose como máximo, la participación simultánea en dos comisiones: 0,25 puntos.
3.3. Actividad docente (máximo: 5 puntos):
3.3.1. Por impartir docencia a postgraduados en centros acreditados para la docencia, hasta un máximo de 2 puntos. Por cada año: 0,2 puntos.
3.3.2. Por impartir docencia a pregraduados en Hospitales Universitarios, hasta un máximo de 2 puntos.
Por cada año:
— Profesor titular: 0,3 puntos.
— Profesor asociado: 0,2 puntos.
— Profesor honorario: 0,1 puntos.
3.3.3. Por ejercer la tutoría de la especialidad, hasta un máximo de 1 punto por
cada año: 0,2 puntos.
4. Actividad investigadora (máximo: 10 puntos):
4.1. Por cada participación, como investigador, en proyectos de investigación subvencionados por Instituciones Públicas, hasta un máximo de 3 puntos:
a) Investigador principal: 0,5 puntos.
b) Otro investigador: 0,2 puntos.
4.2. Por dirección de Tesis Doctorales, hasta un máximo de 1 punto: 0,2 puntos.
4.3. Por trabajos científicos y de investigación publicados, siempre directamente relacionados con la especialidad a la que se concursa o la Gestión Sanitaria, de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración, hasta un máximo de 6 puntos:
La siguiente puntuación se refiere para primer firmante. A partir del segundo firmante se puntuará el 50 %:
4.3.1. Comunicaciones aceptadas a congresos, jornadas o seminarios:
— Nacionales: 0,05 puntos.
— Internacionales: 0,1 puntos.
4.3.2. Ponencias a congresos, jornadas o seminarios:
— Nacionales: 0,2 puntos.
— Internacionales: 0,4 puntos.
4.3.3. Publicaciones periódicas:
— Revista no indizada en la base de datos internacional Medline: 0,25.
— Revista indizada en la base de datos internacional Medline: 0,50.
— Revista con Factor de Impacto: El factor de impacto.
No se admitirán resúmenes o “abstracts” como publicaciones.
4.3.4. Libros o capítulos:
— Capítulo de libro (libro con ISBN): 0,60.
— Libro completo (libro con ISBN): 2,00.
No se valorarán más de tres capítulos de un mismo libro.
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BOCM