D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240930-22)
Convenio – Convenio de 10 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y la sociedad mercantil estatal Aena S.M.E., S. A.. para la ampliación de la línea 5 del Metro de Madrid al Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 88
LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 233
faces entre el proyecto de ampliación de Línea 5 y las infraestructuras propiedad de Aena.
En este ámbito se sitúa la nueva estación Aeropuerto T1-T2-T3 (PK 1 + 300), la cual es una
ampliación de la estación existente, convirtiéndola así en un intercambiador entre Línea 5
y Línea 8. En el último tramo de la actuación, ubicado tras la estación, se materializa la nueva cola de maniobras de Línea 5. Se adjunta como Anexo 1 Plano de conjunto de la ampliación de Línea 5 y como Anexo 2 Plano de planta general.
Sexto
Conscientes ambas partes de la importancia estratégica de los medios de transporte y
de una buena conectividad entre los distintos medios, tienen el fin común de la ejecución de
las obras de un nuevo acceso por metro al recinto aeroportuario mediante la prolongación
de la infraestructura de la Línea 5 de metro Madrid a la T123 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas y, con la finalidad de articular el mecanismo de colaboración para facilitar la interconexión y compatibilidad entre la infraestructura aeroportuaria y la red de metro, la ejecución de dichas obras, así como establecer los compromisos y condiciones
económicas de ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio, de conformidad con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre Aena
y la Comunidad de Madrid para facilitar la interconexión y compatibilidad entre la infraestructura aeroportuaria y la red de metro, en relación a la ejecución de las obras de prolongación de la infraestructura de la Línea 5 del metro de Madrid al T123 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas que serán acometidas por la Comunidad de Madrid.
Segunda
2.1. Compromisos de la Comunidad de Madrid:
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infraestructuras de
Transporte Colectivo, asume las siguientes obligaciones:
— Mantener la coordinación adecuada con Aena y el resto de entidades y organismos
que pudieran verse afectados por la ejecución del proyecto.
— Tramitar todas las autorizaciones, licencias y permisos pertinentes para la ejecución de las obras objeto del presente convenio, especialmente todas aquellas relacionadas con la seguridad, tanto aeronáutica como de cualquier otro tipo, además
de otro tipo de permisos, tales como permisos ambientales.
— La Comunidad de Madrid será responsable de la ejecución de las obras de acondicionamiento para la conexión de la estación de metro al Nuevo Edificio Procesador para que esté operativa cuando este entre en servicio y para ello deberá coordinarse con Aena.
— En caso de necesidad, debidamente justificada por motivos operacionales o de seguridad aeroportuaria, atender a la solicitud de Aena de modificar durante la ejecución de las obras, las fases de los trabajos previsto en el proyecto de construcción.
— Asimismo, se deberá coordinar con Aena los distintos trabajos de cada una de las
fases de las obras en terrenos del aeropuerto para hacerlas compatibles con la operativa y seguridad aeroportuaria, de forma que la afectación sea la mínima y garantizar que el aeropuerto pueda operar normalmente.
— La ejecución de las obras se realizará con estricta sujeción al proyecto aprobado.
Una vez adjudicadas las obras, únicamente se podrán realizar modificaciones en los
términos y condiciones establecidos en los pliegos y la normativa que le sea de aplicación de acuerdo a la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y el RDL 3/2020
Respecto a las Modificaciones del Contrato que tengan relación o impacto en la ocupación de los terrenos propiedad de Aena (temporal o definitivo), con la operatividad del aeropuerto y/o con relación a las futuras obras del Nuevo Procesador del Aeropuerto la Comunidad de Madrid deberá solicitar previamente la conformidad de
BOCM-20240930-22
Compromisos de las Partes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 88
LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 233
faces entre el proyecto de ampliación de Línea 5 y las infraestructuras propiedad de Aena.
En este ámbito se sitúa la nueva estación Aeropuerto T1-T2-T3 (PK 1 + 300), la cual es una
ampliación de la estación existente, convirtiéndola así en un intercambiador entre Línea 5
y Línea 8. En el último tramo de la actuación, ubicado tras la estación, se materializa la nueva cola de maniobras de Línea 5. Se adjunta como Anexo 1 Plano de conjunto de la ampliación de Línea 5 y como Anexo 2 Plano de planta general.
Sexto
Conscientes ambas partes de la importancia estratégica de los medios de transporte y
de una buena conectividad entre los distintos medios, tienen el fin común de la ejecución de
las obras de un nuevo acceso por metro al recinto aeroportuario mediante la prolongación
de la infraestructura de la Línea 5 de metro Madrid a la T123 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas y, con la finalidad de articular el mecanismo de colaboración para facilitar la interconexión y compatibilidad entre la infraestructura aeroportuaria y la red de metro, la ejecución de dichas obras, así como establecer los compromisos y condiciones
económicas de ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio, de conformidad con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre Aena
y la Comunidad de Madrid para facilitar la interconexión y compatibilidad entre la infraestructura aeroportuaria y la red de metro, en relación a la ejecución de las obras de prolongación de la infraestructura de la Línea 5 del metro de Madrid al T123 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas que serán acometidas por la Comunidad de Madrid.
Segunda
2.1. Compromisos de la Comunidad de Madrid:
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infraestructuras de
Transporte Colectivo, asume las siguientes obligaciones:
— Mantener la coordinación adecuada con Aena y el resto de entidades y organismos
que pudieran verse afectados por la ejecución del proyecto.
— Tramitar todas las autorizaciones, licencias y permisos pertinentes para la ejecución de las obras objeto del presente convenio, especialmente todas aquellas relacionadas con la seguridad, tanto aeronáutica como de cualquier otro tipo, además
de otro tipo de permisos, tales como permisos ambientales.
— La Comunidad de Madrid será responsable de la ejecución de las obras de acondicionamiento para la conexión de la estación de metro al Nuevo Edificio Procesador para que esté operativa cuando este entre en servicio y para ello deberá coordinarse con Aena.
— En caso de necesidad, debidamente justificada por motivos operacionales o de seguridad aeroportuaria, atender a la solicitud de Aena de modificar durante la ejecución de las obras, las fases de los trabajos previsto en el proyecto de construcción.
— Asimismo, se deberá coordinar con Aena los distintos trabajos de cada una de las
fases de las obras en terrenos del aeropuerto para hacerlas compatibles con la operativa y seguridad aeroportuaria, de forma que la afectación sea la mínima y garantizar que el aeropuerto pueda operar normalmente.
— La ejecución de las obras se realizará con estricta sujeción al proyecto aprobado.
Una vez adjudicadas las obras, únicamente se podrán realizar modificaciones en los
términos y condiciones establecidos en los pliegos y la normativa que le sea de aplicación de acuerdo a la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y el RDL 3/2020
Respecto a las Modificaciones del Contrato que tengan relación o impacto en la ocupación de los terrenos propiedad de Aena (temporal o definitivo), con la operatividad del aeropuerto y/o con relación a las futuras obras del Nuevo Procesador del Aeropuerto la Comunidad de Madrid deberá solicitar previamente la conformidad de
BOCM-20240930-22
Compromisos de las Partes