La Serna del Monte (BOCM-20240927-63)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM

VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 231

tica objeto de la intervención, así como la tramitación municipal realizada para su control,
de la siguiente forma:
1. Consultas, informes, certificados, cédulas urbanísticas: cuota por unidad.
2. Construcciones, instalaciones u obras: importe de la actuación.
3. Alineaciones y rasantes: metros lineales de fachada o fachadas del inmueble.
4. Primera utilización de edificios y cambio de uso de los mismos: m2 del edificio.
5. Licencias de actividad y de funcionamiento: m2 de superficie útil objeto de la
actividad.
6. Licencias de segregaciones y parcelaciones: m2 de cada una de las fincas resultantes.
7. Declaraciones de ruina: coste real y efectivo de las obras que, como consecuencia
de la misma, se deriven.
Art. 7. Cuota tributaria.—La cuota tributaria será el resultado de aplicar a cada tipo
de servicio las siguientes tarifas o tipos impositivos:
1. Consultas, informes, certificados, cédulas urbanísticas: 30 euros por unidad.
2. Construcciones, instalaciones u obras:
Cuota según la siguiente tarifa:
IMPORTE ACTUACIÓN

IMPORTE

Hasta 2.499 €

37,50 €

De 2.500 a 3.499 euros

52,50 €

De 3.500 a 4.999 euros

75,00 €

De 5.000 a 6.999 euros

105,00 €

De 7.000 a 9.999 euros

150,00 €

De 10.000 a 14,999 euros

225,00 €

De 15.000 a 21.999 euros

330,00 €

De 22.000 a 29.999 euros

450,00 €

De 30.000 a 39.999 euros

600,00 €

De 40.000 a 49.999 euros

750,00 €

De 50.000 a 59.999 euros

900,00 €

De 60.000 a 69.999 euros

1.050,00 €

De 70.000 a 79.999 euros

1.200,00 €

De 80.000 a 89.999 euros

1.350,00 €

De 90.000 a 99.999 euros

1.500,00 €

De 100.000 a 149.999 euros

2.250,00 €

De 150.000 a 199.999 euros

3.000,00 €

De 200.000 a 249.999 euros

3.750,00 €

De 250.000 a 299.999 euros

4.500,00 €

De 300.000 a 349.999 euros

5.250,00 €

De 350.000 a 399.999 euros

6.000,00 €

De 400.000 a 449.999 euros

6.750,00 €

De 500.000 a 599.999 euros

9.000,00 €

De 600.000 a 699.999 euros

10.500,00 €

De 700.000 a 799.999 euros

12.000,00 €

De 800.000 a 899.999 euros

13.500,00 €

De 900.000 a 999.999 euros

15.000,00 €

A partir de 1.000.000 euros, 7.500 euros adicionales por cada 500.000 euros o fracción

3. Alineaciones y rasantes: 10 euros por metro lineal de fachada o fachadas del
inmueble.
4. Primera utilización de edificios y cambio de uso de los mismos: 1 euros por m2 del
edificio.
5. Licencias de actividad y de funcionamiento: 2 euros por m2 de superficie útil objeto de la actividad.
6. Licencias de segregaciones y parcelaciones: 0,5 euros por m2 de cada una de las
fincas resultantes.
7. Declaraciones de ruina: Se aplicarán las mismas tarifas que para construcciones,
instalaciones y obras.
Los servicios de comprobación de actuaciones urbanísticas realizadas por otras Administraciones Públicas en ejecución de políticas públicas, urgentes o de interés general, para
determinar su adecuación o no al planeamiento devengarán la cuota que corresponda según
el tipo de actuación urbanística de que se trate y en función del medio de intervención que
corresponda, según las establecidas en los artículos anteriores.

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