D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240927-23)
Convenio –  Convenio de 1 de julio de 2024, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón, y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas clínicas que integran el “Máster de enfermería en emergencias extrahospitalarias” a realizar en centros sanitarios de la Red Pública de la Comunidad de Madrid
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BOCM

VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 231

— Cumplimentar el anexo IV de este convenio comprensivo de los datos de los
estudiantes y de las prácticas afectadas, así como el nombre las personas responsables de la tutela académica y profesional. Además, deberá incorporar el
proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las
competencias que se deben adquirir, así como las actividades formativas que
se desarrollarán (anexo V).
— Al inicio de cada curso académico deberá aportar a la Comisión Mixta, el detalle del número de los alumnos matriculados que realizarán las prácticas, incluyendo el calendario detallado del número de horas, jornadas y fechas, y
cuyo número no será superior al establecido en el convenio.
Quinta
Condiciones económicas
El desarrollo del presente convenio no implica obligación económica alguna para la
Consejería de Sanidad ni para el Servicio Madrileño de Salud, ni para el Hospital Universitario de Fuenlabrada, ni para el Hospital Universitario Fundación Alcorcón.
La Universidad Rey Juan Carlos, como compensación por la utilización para la docencia de los medios personales y materiales incluidos en los centros sanitarios abonará 200 euros
a cada tutor de hospital participantes en las prácticas, así mismo llevará a cabo la asunción de
los gastos de material utilizado por los alumnos en las prácticas y dos becas de 3.000 euros
para profesores de los hospitales afectados.
Sexta
Cobertura de riesgos
La Universidad tiene suscrito un seguro de accidentes y de responsabilidad civil para los
alumnos matriculados en el “Máster de enfermería en emergencias extrahospitalarias en centros sanitarios de la Red Pública de la Comunidad de Madrid, incluido dentro del seguro general de la universidad, en el que se contempla un máximo de 3 millones de euros por anualidad y un sublímite para la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional de 600.000 euros.
Séptima
Protección de datos personales, confidencialidad y transparencia
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de
Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y
aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente. En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones
en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se
tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril,
de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid. El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente
en cada momento, de conformidad con los anexos II y III del presente convenio”.
Octava
Comisión mixta de seguimiento
Para el desarrollo del presente convenio se crea una comisión mixta de seguimiento,
de composición paritaria, formada por los siguientes miembros:
— En lo que respecta a la Consejería de Sanidad los representantes serán:
• La persona titular del centro directivo competente en formación sanitaria o persona en quien delegue.
• La persona titular de la subdirección general competente en materia de formación sanitaria.

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