C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240925-12)
Currículo enseñanzas – Orden 4049/2024, de 8 de septiembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen el currículo y determinados aspectos de la organización, el funcionamiento y la evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 129
desarrollar el sentido de la iniciativa y la perseverancia en la consecución de los objetivos
o la toma de decisiones.
Además, el conocimiento de distintas lenguas permite valorar la diversidad lingüística
de la sociedad como un aspecto enriquecedor y positivo. La selección, configuración y
aplicación de los dispositivos y herramientas tanto analógicas como digitales para la
construcción e integración de nuevos contenidos sobre el repertorio lingüístico propio
puede facilitar la adquisición y mejora del aprendizaje de otras lenguas.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores recogidos
en el anexo I del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo: CP2, STEM1, CPSAA1,
CPSAA5, CD2.
6.
Valorar críticamente y adecuarse a la diversidad lingüística, cultural y artística a
partir de la lengua extranjera, identificando y compartiendo las semejanzas y las
diferencias entre lenguas y culturas, para actuar de forma empática y respetuosa
en situaciones interculturales.
La interculturalidad supone experimentar la diversidad lingüística, cultural y artística
de la sociedad analizándola y beneficiándose de ella. En esta como en otras etapas, la
interculturalidad, que favorece el entendimiento con los demás, merece una atención
específica para que forme parte de la experiencia de los alumnos y para evitar que su
percepción sobre esa diversidad esté distorsionada a causa de los estereotipos y
constituya el origen de ciertos tipos de discriminación. La valoración crítica y la
adecuación a la diversidad deben permitir a los alumnos actuar de forma empática y
respetuosa en situaciones interculturales.
La conciencia de la diversidad proporciona a los alumnos la posibilidad de relacionar
distintas culturas. Además, favorece el desarrollo de una sensibilidad artística y cultural,
y la capacidad de identificar y utilizar una gran variedad de estrategias que le permitan
establecer relaciones con personas de otras culturas. Las situaciones interculturales que
se pueden plantear en esta etapa durante la enseñanza de la lengua extranjera permiten
a los alumnos abrirse a nuevas experiencias, ideas, sociedades y culturas, mostrando
interés hacia lo diferente; relativizar la propia perspectiva y el propio sistema de valores
culturales; y distanciarse y evitar las actitudes sustentadas sobre cualquier tipo de
discriminación o refuerzo de estereotipos. Todo ello orientado hacia el objetivo de
desarrollar una cultura compartida y una ciudadanía comprometida con la sostenibilidad
y los valores democráticos.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores recogidos
en el anexo I del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo: CCL5, CP3, CPSAA1,
CPSAA3, CC3, CCEC1.
Módulo de Lengua Extranjera (Nivel I)
Criterios de evaluación
Competencia específica 1.
56
BOCM-20240925-12
1.1. Comprender e interpretar el sentido global, las ideas principales y la información
específica y explícita de textos orales, escritos y multimodales breves y sencillos sobre
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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desarrollar el sentido de la iniciativa y la perseverancia en la consecución de los objetivos
o la toma de decisiones.
Además, el conocimiento de distintas lenguas permite valorar la diversidad lingüística
de la sociedad como un aspecto enriquecedor y positivo. La selección, configuración y
aplicación de los dispositivos y herramientas tanto analógicas como digitales para la
construcción e integración de nuevos contenidos sobre el repertorio lingüístico propio
puede facilitar la adquisición y mejora del aprendizaje de otras lenguas.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores recogidos
en el anexo I del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo: CP2, STEM1, CPSAA1,
CPSAA5, CD2.
6.
Valorar críticamente y adecuarse a la diversidad lingüística, cultural y artística a
partir de la lengua extranjera, identificando y compartiendo las semejanzas y las
diferencias entre lenguas y culturas, para actuar de forma empática y respetuosa
en situaciones interculturales.
La interculturalidad supone experimentar la diversidad lingüística, cultural y artística
de la sociedad analizándola y beneficiándose de ella. En esta como en otras etapas, la
interculturalidad, que favorece el entendimiento con los demás, merece una atención
específica para que forme parte de la experiencia de los alumnos y para evitar que su
percepción sobre esa diversidad esté distorsionada a causa de los estereotipos y
constituya el origen de ciertos tipos de discriminación. La valoración crítica y la
adecuación a la diversidad deben permitir a los alumnos actuar de forma empática y
respetuosa en situaciones interculturales.
La conciencia de la diversidad proporciona a los alumnos la posibilidad de relacionar
distintas culturas. Además, favorece el desarrollo de una sensibilidad artística y cultural,
y la capacidad de identificar y utilizar una gran variedad de estrategias que le permitan
establecer relaciones con personas de otras culturas. Las situaciones interculturales que
se pueden plantear en esta etapa durante la enseñanza de la lengua extranjera permiten
a los alumnos abrirse a nuevas experiencias, ideas, sociedades y culturas, mostrando
interés hacia lo diferente; relativizar la propia perspectiva y el propio sistema de valores
culturales; y distanciarse y evitar las actitudes sustentadas sobre cualquier tipo de
discriminación o refuerzo de estereotipos. Todo ello orientado hacia el objetivo de
desarrollar una cultura compartida y una ciudadanía comprometida con la sostenibilidad
y los valores democráticos.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores recogidos
en el anexo I del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo: CCL5, CP3, CPSAA1,
CPSAA3, CC3, CCEC1.
Módulo de Lengua Extranjera (Nivel I)
Criterios de evaluación
Competencia específica 1.
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1.1. Comprender e interpretar el sentido global, las ideas principales y la información
específica y explícita de textos orales, escritos y multimodales breves y sencillos sobre