D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240925-15)
Convenio – Convenio de 2 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, para el refuerzo en la emisión de informes periciales pendientes en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid en el año 2024
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 171
Vigésimo
Que, existiendo este interés común entre la partes, el presente convenio desarrolla una
actuación para el refuerzo en la emisión de informes periciales pendientes en los órganos
judiciales de la Comunidad de Madrid en el año 2024.
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan otorgar el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y ámbito del convenio
1. El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local y el Colegio Oficial de la Psicología de
Madrid para el refuerzo en la emisión de la parte psicológica, de los informes periciales
pendientes en los órganos judiciales de la región en el año 2024.
2. En ningún caso, este refuerzo de carácter coyuntural, afectará a las competencias y
normal funcionamiento de los equipos psicosociales adscritos al Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses de Madrid (en adelante, IMLyCF de Madrid), y se centrará única y exclusivamente, en la emisión de los informes psicológicos que se indican en la cláusula segunda.
Segunda
Tipología e informes a realizar
1. El número de informes psicológicos pendientes de realizar que son objeto del convenio es de 838 informes.
2. De ellos, 46 pertenecen a los Juzgados de Familia y 56 a los Juzgados de Violencia sobre la mujer del partido judicial de Madrid, 5 a la Audiencia Provincial Sección Civil
y 731 a las jurisdicciones de familia y violencia de género de los distintos partidos judiciales del Área II.
Tercera
Objetivos a lograr
El objetivo fundamental que se persigue con la celebración de este convenio es reducir el
número de informes periciales pendientes en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid
con el objetivo de garantizar el normal funcionamiento de la Administración de Justicia.
La ejecución del presente convenio no obliga a la emisión y entrega de un número mínimo de los informes periciales reseñados en la cláusula anterior.
El número total de informes emitidos y entregados a la finalización de este convenio
vendrá determinado por la complejidad y las circunstancias que se produzcan en torno a la
elaboración de cada informe, así como por la pericia de los profesionales designados.
Cuarta
En el marco de las competencias de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y de los fines estatutarios del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, las
partes se comprometen a:
a) Por la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Participar en la consecución de la reducción de la pendencia de informes periciales en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con
lo establecido en la cláusula sexta de este Convenio.
— Apoyo al Colegio Oficial de la Psicología de Madrid en todo aquello que sea
necesario para la correcta consecución del objetivo del Convenio.
— Facilitar al Colegio Oficial de la Psicología de Madrid la información que sea
necesaria para el cumplimiento de sus compromisos.
— Apoyar y asesorar, con el personal técnico del Instituto de Medicina Legal, al
citado colegio para garantizar la plena realización del objetivo del convenio.
BOCM-20240925-15
Compromisos de las partes
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 171
Vigésimo
Que, existiendo este interés común entre la partes, el presente convenio desarrolla una
actuación para el refuerzo en la emisión de informes periciales pendientes en los órganos
judiciales de la Comunidad de Madrid en el año 2024.
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan otorgar el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y ámbito del convenio
1. El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local y el Colegio Oficial de la Psicología de
Madrid para el refuerzo en la emisión de la parte psicológica, de los informes periciales
pendientes en los órganos judiciales de la región en el año 2024.
2. En ningún caso, este refuerzo de carácter coyuntural, afectará a las competencias y
normal funcionamiento de los equipos psicosociales adscritos al Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses de Madrid (en adelante, IMLyCF de Madrid), y se centrará única y exclusivamente, en la emisión de los informes psicológicos que se indican en la cláusula segunda.
Segunda
Tipología e informes a realizar
1. El número de informes psicológicos pendientes de realizar que son objeto del convenio es de 838 informes.
2. De ellos, 46 pertenecen a los Juzgados de Familia y 56 a los Juzgados de Violencia sobre la mujer del partido judicial de Madrid, 5 a la Audiencia Provincial Sección Civil
y 731 a las jurisdicciones de familia y violencia de género de los distintos partidos judiciales del Área II.
Tercera
Objetivos a lograr
El objetivo fundamental que se persigue con la celebración de este convenio es reducir el
número de informes periciales pendientes en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid
con el objetivo de garantizar el normal funcionamiento de la Administración de Justicia.
La ejecución del presente convenio no obliga a la emisión y entrega de un número mínimo de los informes periciales reseñados en la cláusula anterior.
El número total de informes emitidos y entregados a la finalización de este convenio
vendrá determinado por la complejidad y las circunstancias que se produzcan en torno a la
elaboración de cada informe, así como por la pericia de los profesionales designados.
Cuarta
En el marco de las competencias de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y de los fines estatutarios del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, las
partes se comprometen a:
a) Por la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Participar en la consecución de la reducción de la pendencia de informes periciales en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con
lo establecido en la cláusula sexta de este Convenio.
— Apoyo al Colegio Oficial de la Psicología de Madrid en todo aquello que sea
necesario para la correcta consecución del objetivo del Convenio.
— Facilitar al Colegio Oficial de la Psicología de Madrid la información que sea
necesaria para el cumplimiento de sus compromisos.
— Apoyar y asesorar, con el personal técnico del Instituto de Medicina Legal, al
citado colegio para garantizar la plena realización del objetivo del convenio.
BOCM-20240925-15
Compromisos de las partes