Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240924-34)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
to ha sido objeto de Declaración de Impacto Ambiental. Además, el promotor informa sobre el desarrollo del proyecto cuyo planteamiento ha perseguido siempre la mínima afección a estos cultivos, recalcando la aceptación por parte de los agricultores de la zona para
cesar la actividad actual y dotar al terreno de una nueva productividad. Asimismo, concluye manifestando la intención de mantener un diálogo con el organismo para concretar medidas que permitan compatibilizar ambas actividades. Se da traslado al organismo, el cual
no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud de los artículos 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, la Dirección General
de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, la Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Ayuntamiento de Campo Real, el Ayuntamiento de Perales de
Tajuña, el Ayuntamiento de Valdilecha, Cellnex Telecom España y Vodafone España, S.
A. U., no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de
los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 8 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, el 6 de junio de 2023 en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 8 de junio de 2023 en el diario
“ABC” y con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de
Valdilecha (con fecha 2 de junio de 2023), de Campo Real (con fecha 2 de junio de 2023)
y de Perales de Tajuña (con fecha 9 de agosto de 2023). Se han recibido alegaciones, que
han sido contestadas por el promotor.
Se ha recibido respuesta de Colt Technology Services, S. A., donde muestran su oposición y ponen de manifiesto que poseen infraestructuras afectadas por el proyecto que
comprende este expediente. En concreto la afección consiste en cruzamientos entre la línea
soterrada a 30 kV “Centros de transformación del proyecto fotovoltaico Driza Solar-SET
Rececho” y una canalización del alegante en el término municipal de Campo Real. Se solicita por parte de la sociedad que se compatibilicen las infraestructuras mencionadas. Se ha
dado traslado al promotor, el cual manifiesta que remitirá el proyecto ejecutivo al alegante
previamente al inicio de obras, y se compromete a cumplir las distancias indicadas en la
normativa vigente y proporcionar cualquier información adicional que se considere necesaria por parte de la sociedad.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid ha emitido
informe en fecha 18 de septiembre de 2023, complementado posteriormente.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto ambiental
efectuada.
El proyecto de la instalación, y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) fueron sometidos al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, mediante Resolución de 17 de enero de 2023 de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación
ambiental practicada, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 28, de 2 de febrero de 2023.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en
su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Conforme a lo dispuesto en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al artículo 41
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición del proyecto de eje-
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BOCM-20240924-34
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
to ha sido objeto de Declaración de Impacto Ambiental. Además, el promotor informa sobre el desarrollo del proyecto cuyo planteamiento ha perseguido siempre la mínima afección a estos cultivos, recalcando la aceptación por parte de los agricultores de la zona para
cesar la actividad actual y dotar al terreno de una nueva productividad. Asimismo, concluye manifestando la intención de mantener un diálogo con el organismo para concretar medidas que permitan compatibilizar ambas actividades. Se da traslado al organismo, el cual
no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud de los artículos 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, la Dirección General
de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, la Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Ayuntamiento de Campo Real, el Ayuntamiento de Perales de
Tajuña, el Ayuntamiento de Valdilecha, Cellnex Telecom España y Vodafone España, S.
A. U., no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de
los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 8 de junio de 2023 en el “Boletín Oficial del Estado”, el 6 de junio de 2023 en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 8 de junio de 2023 en el diario
“ABC” y con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de
Valdilecha (con fecha 2 de junio de 2023), de Campo Real (con fecha 2 de junio de 2023)
y de Perales de Tajuña (con fecha 9 de agosto de 2023). Se han recibido alegaciones, que
han sido contestadas por el promotor.
Se ha recibido respuesta de Colt Technology Services, S. A., donde muestran su oposición y ponen de manifiesto que poseen infraestructuras afectadas por el proyecto que
comprende este expediente. En concreto la afección consiste en cruzamientos entre la línea
soterrada a 30 kV “Centros de transformación del proyecto fotovoltaico Driza Solar-SET
Rececho” y una canalización del alegante en el término municipal de Campo Real. Se solicita por parte de la sociedad que se compatibilicen las infraestructuras mencionadas. Se ha
dado traslado al promotor, el cual manifiesta que remitirá el proyecto ejecutivo al alegante
previamente al inicio de obras, y se compromete a cumplir las distancias indicadas en la
normativa vigente y proporcionar cualquier información adicional que se considere necesaria por parte de la sociedad.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid ha emitido
informe en fecha 18 de septiembre de 2023, complementado posteriormente.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto ambiental
efectuada.
El proyecto de la instalación, y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) fueron sometidos al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, mediante Resolución de 17 de enero de 2023 de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación
ambiental practicada, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 28, de 2 de febrero de 2023.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en
su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Conforme a lo dispuesto en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al artículo 41
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición del proyecto de eje-
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