C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240920-38)
Extracto convocatoria subvenciones PLAN –  Extracto de la Orden de 9 de septiembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para 2024 las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
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BOCM

VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 225

c. La adquisición de ascensores y equipos de elevación de vehículos o similares.
d. La adquisición de vehículos destinados al transporte de personas y mercancías.
3. Serán gastos subvencionables el diseño, instalación y/o reparación y verificación
de líneas de vida fijas, mediante la adquisición e instalación permanente de dispositivos de
anclaje: horizontales flexibles (norma UNE EN 795C), horizontales rígidos (norma UNE
EN 795D) y/o dispositivos anti caídas deslizantes sobre líneas de anclaje verticales (norma
UNE EN 353-1), con el fin de proteger al personal trabajador contra caídas de altura en el
tránsito por cubiertas o debidas al acceso a las mismas.
No serán subvencionables aquellos gastos de verificación no ligados a operaciones de
instalación y reparación.
4. Serán gastos subvencionables el diseño, instalación y/o reparación y verificación
de equipos de protección colectiva relativos a la adquisición e instalación permanente de
barandillas u otros sistemas de seguridad equivalentes para la protección del personal
trabajador contra riesgos de caída en altura en lugares de trabajo, a causa de aberturas o
desniveles.
Además, serán subvencionables el diseño, instalación y/o reparación y verificación de
mallas metálicas de protección de lucernarios y claraboyas, y la de pasarelas o zonas de
paso seguro para el tránsito por cubierta, que eviten la pisada de zonas frágiles y su rotura.
No serán subvencionables aquellos gastos de verificación no ligados a operaciones de
instalación y reparación.
5. Serán gastos subvencionables las actuaciones de mejora de las condiciones de los
suelos de los locales de trabajo, con el objeto de evitar los riesgos de caídas, vuelco de equipos, tropiezos, etc., como consecuencia del estado del pavimento, relativas a:
— Retirada del pavimento existente y reposición de cualquier otro que suponga una
mejora acreditada respecto del anterior, en relación con la resistencia al deslizamiento y a la presencia de discontinuidades en el pavimento.
— Instalación de recubrimientos sobre suelos ya existentes, de forma que se garantice una mejora acreditada, respecto a la resistencia al deslizamiento y a la presencia de discontinuidades en el pavimento.
— Tratamiento de superficies de suelos ya existentes que conlleven una mejora respecto a la resistencia al deslizamiento.
— Nivelación de superficies y/o instalación de elementos que favorezcan el drenaje
de las superficies de los pavimentos.
No serán objeto de subvención:
— Enmoquetar.
— Tratamientos o renovaciones de suelos en locales de pública concurrencia (ej.: zonas públicas del sector hostelería).
— Tratamientos de suelos de lugares de trabajo con objeto de mejorar parámetros
como la capacidad de disipación de la electricidad electrostática que se pueda acumular en lugares de trabajo con riesgo de incendio y explosión y resistencia a altas temperaturas.
— Limpieza de obra o de los locales de trabajo afectados tras la finalización de los
trabajos.
— La renovación o modificación con fines estéticos de suelos de uso para oficinas y
suelos de espacios comunes como servicios higiénicos, vestuarios, etc.
6. Serán gastos subvencionables el diseño, instalación y/o modificación total o parcial tanto de sistemas de extracción localizada como de sistemas de ventilación forzada que
controlen o reduzcan el riesgo de exposición a contaminantes químicos en lugares de trabajo con trabajadores expuestos. De forma particular serán subvencionables las modificaciones de partes de sistemas ya instalados, siempre y cuando afecte al motor del sistema.
7. Serán gastos subvencionables la adquisición de unidades de descontaminación y/o
sistemas de aspiración portátiles y/o fijos equipados con filtros HEPA de alta eficacia, utilizados para limitar la dispersión de fibras de amianto al ambiente y la exposición de los trabajadores a las mismas. De forma particular serán gastos subvencionables, las unidades de
descontaminación, tipo caravana o desmontables, contarán como mínimo con tres módulos, ampliables a cinco, según el tipo de material con amianto con el que se vaya a trabajar
(friable o no friable).

BOCM-20240920-38

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