C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240920-39)
Bases premios Solución Digital Startup –  Orden 113/2024 de 5 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios Solución Digital Startup Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 225

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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6. Este órgano colegiado se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en concreto, le será de aplicación lo establecido en su Sección tercera del Capítulo segundo de su Título preliminar.
7. Los miembros de la Comisión, así como los expertos que asesoren a éstas, no percibirán retribución alguna por su actividad como tales.
Artículo 9
Premios
Con carácter general, para todas las modalidades, los premios consistirán en la entrega de una distinción conmemorativa y una dotación económica de 15.000 euros.
La orden de convocatoria establecerá asimismo el número de premios en cada modalidad.
Artículo 10
Criterios de valoración
Para la valoración de las solicitudes, con un máximo de 20 puntos, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Innovación: se valorará la novedad de la solución propuesta, si resuelve un problema de una manera única o utiliza tecnología de una manera nunca antes vista. (6 puntos).
2. Impacto: se valorará el potencial de la solución para tener un impacto significativo en su ámbito, industria o en la sociedad en general. (6 puntos).
3. Escalabilidad: se valorará si la solución puede crecer y adaptarse a medida que aumente la demanda y que tenga un plan de negocio sólido. (3 puntos).
4. Usabilidad: se valorará que la solución sea fácil de usar y que tenga una interfaz
de usuario intuitiva. (3 puntos).
5. Sostenibilidad: se valorará que la solución sea sostenible a largo plazo y respetuosa con el medio ambiente. (1 punto).
6. Seguridad y privacidad: se valorará que la solución disponga de los mecanismos necesarios para ofrecer seguridad en el uso de los datos y la privacidad del usuario. (1 punto).
Artículo 11
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva, previsto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, conforme a principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el
cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.
2. El procedimiento se iniciará mediante convocatoria aprobada por el titular de la
Consejería competente en materia de digitalización.
3. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de estos premios corresponderá a la Dirección General competente en materia de estrategia digital. Instruido el
procedimiento, se trasladarán a la Comisión de Valoración las distintas solicitudes.
La aplicación de los criterios expuestos en el artículo anterior dará lugar, para cada modalidad, a un listado ordenado de las solicitudes de mayor a menor puntuación. A dichos
efectos, la Comisión de Valoración podrá solicitar al Consejo Asesor de Transformación
Digital de la Comunidad de Madrid que formule tal listado ordenado con respecto a alguna
o a todas las modalidades.
En caso de empate entre dos o más solicitudes, se priorizarán los que tengan mayor puntuación en el criterio innovación; en caso de persistir el empate, el que tenga mayor puntuación
en el criterio impacto; en caso de persistir el empate, el que tenga mayor puntuación en el criterio escalabilidad y de seguir persistiendo el empate, se priorizará por el criterio usabilidad.
La Comisión de Valoración, a la vista de las solicitudes presentadas, podrá proponer
desiertos los premios si no reúnen la calidad necesaria para ser elegidos. Además, con carácter excepcional, la Comisión de Valoración podrá proponer para alguna modalidad un
premio ex aequo sin superar la cuantía dispuesta para esa modalidad ni el presupuesto máximo disponible en cada convocatoria.
4. La Comisión, una vez seleccionados los ganadores, elevará propuesta al titular de
la Consejería competente en materia de digitalización que resolverá mediante orden la concesión o denegación de los premios.

BOCM-20240920-39

Procedimiento