C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240920-39)
Bases premios Solución Digital Startup –  Orden 113/2024 de 5 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios Solución Digital Startup Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 225

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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den 52/2024, de 9 de mayo de 2024, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Estas subvenciones, se rigen por lo establecido en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, así como
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 6.4
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo 1
Creación de los premios, objeto y finalidad
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de los premios Solución Digital Startup Comunidad de Madrid, para reconocer las mejores soluciones digitales puestas en marcha por startups con un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Los premios tienen un doble objetivo: reconocer la actividad innovadora, y el impacto
de un proyecto de carácter digital que ofrezca una solución disruptiva en su área de actuación.
Artículo 2
Régimen jurídico
En todo lo no dispuesto en las presentes bases reguladoras, se aplicará lo previsto en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo previsto en sus disposiciones de desarrollo, así como en las restantes normas de derecho administrativo y, en su
defecto, se aplicarán las normas de derecho privado.
Artículo 3
Definiciones
1. Empresa emergente: Tendrán la consideración de empresas emergentes aquellas
que cumplan los requisitos previstos en el artículo 3.1 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.
2. Empresa de base tecnológica: Se entenderá por empresa de base tecnológica aquella cuya actividad requiere la generación o un uso intensivo de conocimiento científico-técnico y tecnologías para la generación de nuevos productos, procesos o servicios y para la
canalización de las iniciativas de investigación, desarrollo e innovación y la transferencia
de sus resultados.
3. Empresa innovadora: Se entenderá por empresa innovadora aquella cuya finalidad
sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el
propio modelo de negocio.
4. Startup: Se considerará startup aquella empresa emergente, de base tecnológica e
innovadora.
Artículo 4
Los premios Solución Digital Startup Comunidad de Madrid tendrán ocho modalidades diferentes, según su área de desarrollo. Dichas áreas serán las siguientes:
1. Atención al ciudadano, Justicia y Administración Local.
2. Medio Ambiente y Agricultura.
3. Sanidad.
4. Economía y Empleo.
5. Educación, Ciencia y Universidades.
6. Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
7. Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
8. Cultura, Turismo y Deporte.

BOCM-20240920-39

Modalidades