B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240919-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2177/2024, de 27 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Archivos, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 224

6. El Tribunal calificador, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de este
proceso selectivo, publicará en el enlace de la página web correspondiente a esta convocatoria,
accesible a través de: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madrid , o en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya
URL es https://sede.comunidad.madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de
ellos que, en su caso, no se encuentren expresamente establecidos en la presente Orden.
7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución
de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 15 de abril).
8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del Tribunal de selección, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima
de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así
como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid , o en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Octava
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición, el Tribunal calificador se
ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio
de 2018, y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a cincuenta (50) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinticinco (25) puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo necesario
para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos en cada uno de los temas a desarrollar.
2.3. Tercer ejercicio: se calificará de cero (0) a treinta (30) puntos, siendo necesario
para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos en cada uno de los 3 supuestos.
3. En cuanto a la calificación final, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinado el orden de las personas aspirantes por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones,
constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.
4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por
las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre
estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se
relacionan a continuación.
— Mayor calificación obtenida en el segundo, tercer y primer ejercicio, por este orden.
— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal,
de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.
En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base décimocuarta.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho
cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación
que, conforme a los criterios de valoración aplicado a las personas aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal

BOCM-20240919-1

Calificación del proceso selectivo