D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240917-35)
Convenio –  Convenio de 3 de septiembre de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Madrileña para la Lucha contra las Enfermedades del Riñón “Alcer-Madrid”, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa, por importe de 216.108 euros, para la coordinación de las necesidades de transporte sanitario terrestre no urgente de pacientes en hemodiálisis a cargo del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid para el año 2024
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 222

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 185

joras con respecto al diseño de rutas, reordenación de recursos, coordinación de
turnos, etc.
— Colaborar con la Oficina Regional de Coordinación de Trasplantes, para que, si se
solicita por esta, se aporten de datos de pacientes objeto de la coordinación de
transporte sanitario, que pudieran completar el Registro Madrileño de Enfermos
Renales (En adelante REMER).
— Justificar las actividades llevadas a cabo, de conformidad con lo establecido en la
cláusula sexta.
Las actividades a realizar por Alcer-Madrid, deberán seguir los protocolos de actuación y directrices establecidas por la Gerencia del SUMMA 112, órgano con la competencia en materia de transporte sanitario del Servicio Madrileño de Salud. Las actividades sujetas al presente convenio contarán con un coordinador del proyecto.
2. Asimismo, Alcer-Madrid queda obligada por el presente convenio a:
— Desarrollar las actividades objeto de este convenio.
— Presentar una memoria de las actividades realizadas.
— Colaborar con la Gerencia del SUMMA 112, facilitando a esta los datos y aclaraciones que con referencia a las actividades que incluye el presente convenio le
sean requeridas.
— Utilizar el aplicativo informático de gestión de transporte sanitario, cuyo acceso
remoto le será facilitado por el SUMMA 112, que permita conocer, en tiempo real,
la información de traslado de pacientes en tratamiento de hemodiálisis.
— Hacer constar la colaboración del órgano con competencia en materia de transporte sanitario del Servicio Madrileño de Salud, en las actividades realizadas.
3.

Por su parte, el Servicio Madrileño de Salud está obligado a:

— Dictar las órdenes necesarias para la consecución de los fines pretendidos con la
concesión de la presente subvención.
— Abonar, en los plazos previstos en la cláusula sexta, el importe de la subvención,
previa justificación de las acciones desarrollas en el período correspondiente.
Quinta
Importe de la subvención
El Servicio Madrileño de Salud abonará a Alcer-Madrid durante el año 2024, la cantidad de doscientos dieciséis mil ciento ocho euros (216.108 euros) con cargo al subconcepto 48029, del Programa 313C- SUMMA 112, que, en concepto de subvención, figura asignada
a favor de dicha entidad, en el presupuesto del Servicio Madrileño de Salud en la Ley 15/2023,
de 27 de diciembre.
Sexta

El pago de la subvención se realizará en dos pagos parciales a lo largo del ejercicio 2024,
uno al final del mes siguiente al tercer trimestre, otro antes del 15 de diciembre para el último trimestre del año, siempre que se justifiquen correctamente las actividades llevadas a
cabo, en base a lo expuesto en la presente cláusula.
Para la tramitación del pago será necesario que Alcer-Madrid presente la justificación
de los gastos y de las actividades objeto de este convenio a lo largo del mes siguiente al tercer trimestre, y antes del 15 de diciembre de 2024 para el último trimestre del año, los originales de las facturas correspondientes deberán ser custodiados por Alcer-Madrid.
Igualmente, será necesario un certificado que exprese el cumplimiento de los términos
establecidos en el presente convenio, emitido por el titular de la Dirección Médica de
Transporte Sanitario del SUMMA 112.

BOCM-20240917-35

Pago