C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240914-2)
Convenio colectivo – Resolución de 1 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valoriza Servicios Medioambientales en el servicio de recogida selectiva de envases de Fuenlabrada (código número 28103651012023)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 220
x
Asistir a tutorías escolares de los hijos/as menores de 14 años.
x
Acompañar o asistir en los cuidados, desplazamientos, gestiones o trámites a familiares
cuyo cuidado directo corresponda a la persona trabajadora, hasta segundo grado por
consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan
valerse por sí mismos, y que no desempeñen actividad retribuida.
La persona trabajadora queda obligada a comunicar a la empresa estas ausencias al
trabajo con la mayor antelación posible y a justificar tanto el motivo de la ausencia como el tiempo
empleado, obligándose, por tanto, a acudir a su puesto de trabajo el tiempo que exceda del
absolutamente indispensable.
11. Para el año 2024, se concederán 4 días de libre disposición por año para la plantilla de
diario. Para la plantilla de SDF se concederán 2 días de libre disposición por año a partir de la firma
del presente Convenio Colectivo, y tendrán la posibilidad de disfrutar de un tercer día de libre
disposición siempre que cumplan con la regulación establecida en el apartado 12 del presente
artículo.
Para el año 2025, se concederán 5 días de libre disposición por año para la plantilla de diario.
Para la plantilla de SDF se concederán 3 días de libre disposición por año , y tendrán la posibilidad
de disfrutar de un cuarto día de libre disposición siempre que cumplan con la regulación establecida
en el apartado 12 del presente artículo.
Estos días los podrán disfrutar simultáneamente el número máximo de trabajadores que a
continuación se determinan por cada día:
x
Servicio de Recogida de Envases: 1 conductor y 1 peón.
Se solicitará por escrito con 72 horas de antelación. Ante el exceso de solicitudes, se
concederán por riguroso orden de antigüedad de la solicitud. La empresa deberá contestar por
escrito en un máximo de 24 horas desde la entrega de la solicitud. En caso de denegación, se hará
constar el motivo de la misma.
Los días anuales de libre disposición podrán ser disfrutados como fecha tope hasta el 31 de
enero del año posterior, sin que quepa su acumulación una vez pasada dicha fecha.
Las personas trabajadoras que lleven en la empresa menos de un año, disfrutarán el número
de días de libre disposición que les correspondan en proporción al tiempo que lleven contratados,
computándose desde la fecha de inicio del último contrato vigente.
12. La persona trabajadora de SDF podrá disfrutar de un tercer día de libre disposición por
año en 2024; y de un cuarto día de libre disposición por año en 2025; siempre que realice su trabajo
las jornadas de los 4 días de Semana Santa: jueves, viernes, sábado y domingo. En caso contrario,
no tendrá derecho al disfrute del día adicional de asuntos propios.
13. El personal contratado a tiempo parcial que realice su trabajo los días 25 de diciembre, 1
y 6 de enero, de las mismas festividades, disfrutará de un fin de semana libre durante el primer
trimestre del año entrante. Las personas trabajadoras con contrato temporal que causaren derecho
al disfrute de este permiso, lo disfrutarán dentro del periodo de contrato que tengan.
Todos estos permisos serán aplicables tanto a matrimonios legalmente establecidos como a
las parejas de hecho legalmente reconocidas mediante su inscripción en el Registro de Uniones de
Hecho. Y tendrán la consideración de tiempo efectivo de trabajo.
Los días festivos serán las Fiestas Nacionales, las autonómicas, las locales y San Martín de
Porres (3 de noviembre).
El personal de Sábados, Domingos y Festivos que realice su trabajo la jornada del día 3 de
noviembre (Festividad de San Martín de Porres), percibirá por ello la cantidad de 40 €.
BOCM-20240914-2
14. El tiempo indispensable de la jornada de trabajo que se utilice para la renovación del
permiso de conducir y la tarjeta de conductor (tacógrafo digital), para las personas trabajadoras que
habitualmente presten sus servicios de conducción para la empresa. También tendrán el tiempo
necesario las personas trabajadoras que tengan que acudir presencialmente a renovar la tarjeta
CAP. No obstante, este permiso sólo podrá disfrutarse en el caso de que sea requisito indispensable
la presencia de la persona trabajadora para la renovación de la mencionada tarjeta.
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 220
x
Asistir a tutorías escolares de los hijos/as menores de 14 años.
x
Acompañar o asistir en los cuidados, desplazamientos, gestiones o trámites a familiares
cuyo cuidado directo corresponda a la persona trabajadora, hasta segundo grado por
consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan
valerse por sí mismos, y que no desempeñen actividad retribuida.
La persona trabajadora queda obligada a comunicar a la empresa estas ausencias al
trabajo con la mayor antelación posible y a justificar tanto el motivo de la ausencia como el tiempo
empleado, obligándose, por tanto, a acudir a su puesto de trabajo el tiempo que exceda del
absolutamente indispensable.
11. Para el año 2024, se concederán 4 días de libre disposición por año para la plantilla de
diario. Para la plantilla de SDF se concederán 2 días de libre disposición por año a partir de la firma
del presente Convenio Colectivo, y tendrán la posibilidad de disfrutar de un tercer día de libre
disposición siempre que cumplan con la regulación establecida en el apartado 12 del presente
artículo.
Para el año 2025, se concederán 5 días de libre disposición por año para la plantilla de diario.
Para la plantilla de SDF se concederán 3 días de libre disposición por año , y tendrán la posibilidad
de disfrutar de un cuarto día de libre disposición siempre que cumplan con la regulación establecida
en el apartado 12 del presente artículo.
Estos días los podrán disfrutar simultáneamente el número máximo de trabajadores que a
continuación se determinan por cada día:
x
Servicio de Recogida de Envases: 1 conductor y 1 peón.
Se solicitará por escrito con 72 horas de antelación. Ante el exceso de solicitudes, se
concederán por riguroso orden de antigüedad de la solicitud. La empresa deberá contestar por
escrito en un máximo de 24 horas desde la entrega de la solicitud. En caso de denegación, se hará
constar el motivo de la misma.
Los días anuales de libre disposición podrán ser disfrutados como fecha tope hasta el 31 de
enero del año posterior, sin que quepa su acumulación una vez pasada dicha fecha.
Las personas trabajadoras que lleven en la empresa menos de un año, disfrutarán el número
de días de libre disposición que les correspondan en proporción al tiempo que lleven contratados,
computándose desde la fecha de inicio del último contrato vigente.
12. La persona trabajadora de SDF podrá disfrutar de un tercer día de libre disposición por
año en 2024; y de un cuarto día de libre disposición por año en 2025; siempre que realice su trabajo
las jornadas de los 4 días de Semana Santa: jueves, viernes, sábado y domingo. En caso contrario,
no tendrá derecho al disfrute del día adicional de asuntos propios.
13. El personal contratado a tiempo parcial que realice su trabajo los días 25 de diciembre, 1
y 6 de enero, de las mismas festividades, disfrutará de un fin de semana libre durante el primer
trimestre del año entrante. Las personas trabajadoras con contrato temporal que causaren derecho
al disfrute de este permiso, lo disfrutarán dentro del periodo de contrato que tengan.
Todos estos permisos serán aplicables tanto a matrimonios legalmente establecidos como a
las parejas de hecho legalmente reconocidas mediante su inscripción en el Registro de Uniones de
Hecho. Y tendrán la consideración de tiempo efectivo de trabajo.
Los días festivos serán las Fiestas Nacionales, las autonómicas, las locales y San Martín de
Porres (3 de noviembre).
El personal de Sábados, Domingos y Festivos que realice su trabajo la jornada del día 3 de
noviembre (Festividad de San Martín de Porres), percibirá por ello la cantidad de 40 €.
BOCM-20240914-2
14. El tiempo indispensable de la jornada de trabajo que se utilice para la renovación del
permiso de conducir y la tarjeta de conductor (tacógrafo digital), para las personas trabajadoras que
habitualmente presten sus servicios de conducción para la empresa. También tendrán el tiempo
necesario las personas trabajadoras que tengan que acudir presencialmente a renovar la tarjeta
CAP. No obstante, este permiso sólo podrá disfrutarse en el caso de que sea requisito indispensable
la presencia de la persona trabajadora para la renovación de la mencionada tarjeta.