Becerril de la Sierra (BOCM-20240911-51)
Organización y funcionamiento. Reglamento Agrupación Voluntarios Protección Civil
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B.O.C.M. Núm. 217
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024
1. Principio de necesidad y eficacia:
De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general, basarse en una identificación clara de los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
Respecto de la adecuación de esta tramitación al principio de necesidad y eficacia, debe
señalarse que la misma obedece a un objetivo de interés general, como es el de actualizar y mejorar el texto normativo del Reglamento de Protección Civil de Becerril de la Sierra y la constitución de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil vigente desde 2011,
teniendo en cuenta para ello la normativa posterior señalada en este preámbulo.
2. Principio de proporcionalidad:
Este principio exige que la iniciativa contenga la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma.
La regulación del presente Reglamento es proporcional a la finalidad que se persigue,
sin que el mismo establezca cargas u obligaciones innecesarias a sus destinatarios, las personas voluntarias del servicio de Protección Civil.
Supone el medio necesario y suficiente para cubrir las necesidades detectadas, pero no
supone una innovación que pueda ser innecesaria o exceda de los requisitos legales. Por
otro lado, las obligaciones que se imponen a los destinatarios de la norma son las imprescindibles para asegurar una correcta aplicación de la misma.
3. Principio de seguridad jurídica:
De acuerdo con este principio, la iniciativa normativa se ejercerá de manera coherente
con el resto del ordenamiento jurídico nacional y autonómico, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y
comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas afectadas.
El principio de seguridad jurídica también se cumple con este proyecto.
4. Principio de transparencia:
En aplicación de este principio, las Administraciones Públicas posibilitarán el acceso
a la normativa y a los documentos propios de su proceso de elaboración, definirán claramente los objetivos de las iniciativas normativas y su justificación en el preámbulo o exposición de motivos.
En esta tramitación se dará cumplimiento a la normativa anterior.
5. Principio de eficiencia:
Finalmente, el artículo 129.6 de la Ley 39/2015 alude a la necesidad de que la iniciativa normativa evite cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalice en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos. El principio de eficiencia persigue así la reducción de las cargas administrativas y la simplificación de procedimientos, con el fin de
promover la eliminación de obstáculos injustificados a la actividad económica y favorecer
el crecimiento económico.
En el expediente administrativo de aprobación de esta modificación reglamentaria todos los trámites a realizar son los que señala la normativa vigente.
En definitiva, el presente Proyecto de modificación del Reglamento de Protección Civil
de Becerril de la Sierra y la constitución de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, se ajusta a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia, que informan el ejercicio de la iniciativa legislativa y de
la potestad reglamentaria de las Administraciones Públicas, en los términos establecidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Con la aprobación de este texto se ajusta el contenido del actual Reglamento de Protección Civil de Becerril de la Sierra y la constitución de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, de 27 de enero de 2011, a lo dispuesto en el Decreto 165/2018,
de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid y sucesivos.
Capítulo I
Artículo 1. Objeto.—El objeto del presente Reglamento es regular la organización y
funcionamiento de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil del Ayun-
Pág. 141
BOCM-20240911-51
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024
1. Principio de necesidad y eficacia:
De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general, basarse en una identificación clara de los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
Respecto de la adecuación de esta tramitación al principio de necesidad y eficacia, debe
señalarse que la misma obedece a un objetivo de interés general, como es el de actualizar y mejorar el texto normativo del Reglamento de Protección Civil de Becerril de la Sierra y la constitución de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil vigente desde 2011,
teniendo en cuenta para ello la normativa posterior señalada en este preámbulo.
2. Principio de proporcionalidad:
Este principio exige que la iniciativa contenga la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma.
La regulación del presente Reglamento es proporcional a la finalidad que se persigue,
sin que el mismo establezca cargas u obligaciones innecesarias a sus destinatarios, las personas voluntarias del servicio de Protección Civil.
Supone el medio necesario y suficiente para cubrir las necesidades detectadas, pero no
supone una innovación que pueda ser innecesaria o exceda de los requisitos legales. Por
otro lado, las obligaciones que se imponen a los destinatarios de la norma son las imprescindibles para asegurar una correcta aplicación de la misma.
3. Principio de seguridad jurídica:
De acuerdo con este principio, la iniciativa normativa se ejercerá de manera coherente
con el resto del ordenamiento jurídico nacional y autonómico, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y
comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas afectadas.
El principio de seguridad jurídica también se cumple con este proyecto.
4. Principio de transparencia:
En aplicación de este principio, las Administraciones Públicas posibilitarán el acceso
a la normativa y a los documentos propios de su proceso de elaboración, definirán claramente los objetivos de las iniciativas normativas y su justificación en el preámbulo o exposición de motivos.
En esta tramitación se dará cumplimiento a la normativa anterior.
5. Principio de eficiencia:
Finalmente, el artículo 129.6 de la Ley 39/2015 alude a la necesidad de que la iniciativa normativa evite cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalice en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos. El principio de eficiencia persigue así la reducción de las cargas administrativas y la simplificación de procedimientos, con el fin de
promover la eliminación de obstáculos injustificados a la actividad económica y favorecer
el crecimiento económico.
En el expediente administrativo de aprobación de esta modificación reglamentaria todos los trámites a realizar son los que señala la normativa vigente.
En definitiva, el presente Proyecto de modificación del Reglamento de Protección Civil
de Becerril de la Sierra y la constitución de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, se ajusta a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia, que informan el ejercicio de la iniciativa legislativa y de
la potestad reglamentaria de las Administraciones Públicas, en los términos establecidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Con la aprobación de este texto se ajusta el contenido del actual Reglamento de Protección Civil de Becerril de la Sierra y la constitución de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, de 27 de enero de 2011, a lo dispuesto en el Decreto 165/2018,
de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid y sucesivos.
Capítulo I
Artículo 1. Objeto.—El objeto del presente Reglamento es regular la organización y
funcionamiento de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil del Ayun-
Pág. 141
BOCM-20240911-51
BOCM